Logo

CEPEDA, JOSE ANTONIO c/ EN-ARCA-LEY 20628 s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra ARCA solicitando que se declare inconstitucional el inciso c) del art. 79 de la Ley 20.628 y el reintegro de las sumas retenidas por impuesto a las ganancias sobre el haber previsional. La Cámara desestimó los agravios de la parte demandada y confirmó la declaración de inconstitucionalidad y el reintegro de las retenciones (con imposición de costas a la demandada), en atención a la vulnerabilidad del actor y a la doctrina del precedente García.

Amparo Impuesto a las ganancias Jubilados Vulnerabilidad Inconstitucionalidad Reintegro Prescripcion Arca Precedentes garcia Costas


¿Quién es el actor?

José Antonio Cepeda.

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley Nº 20.628 (impuesto a las ganancias) en cuanto permite gravar el haber previsional; cese de retenciones y reintegro de las sumas retenidas desde cinco años antes del inicio de la demanda, con más intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó los agravios de la parte demandada, confirmando la declaración de inconstitucionalidad y la orden de reintegro de las retenciones aplicadas sobre el haber previsional del actor, e impuso las costas de la instancia a la parte demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados, resulta insuficiente si no se pondera la vulnerabilidad vital del colectivo concernido" (considerando 17). "la omisión de disponer un tratamiento diferenciado para aquellos beneficiarios en situación de mayor vulnerabilidad que se encuentran afectados por el tributo (en especial, los más ancianos, enfermos y discapacitados), agravia la Constitución Nacional" (considerando 23). "las modificaciones que las leyes 27617, 27725 y 27.743 ... no alteran el criterio jurisprudencial sustentado en los pronunciamientos citados ... porque estuvieron sostenidas en criterios estrictamente patrimoniales, que no revelan un tratamiento diferenciado para la tutela de las personas jubiladas y en condiciones de vulnerabilidad" (considerando VII). "el reintegro debe comprender a la totalidad de las retenciones realizadas en concepto de impuesto a las ganancias sobre el haber previsional del actor que no se encuentren alcanzadas por el plazo de prescripción previsto en el artículo 56, quinto párrafo, de la ley 11.683" (considerando VIII). "Las costas de esta instancia deben ser impuestas a la parte demandada ... con arreglo al artículo 14 de la ley 16.986" (considerando IX).
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; firmaron dos integrantes por vacancia del tercer cargo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar