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VELAZCO, FRANCO NICOLAS c/ ROUDE, OLGA ESTHER s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Reclamaron indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito; la Cámara elevó las condenas por incapacidad física a $5.500.000 y por daño moral a $1.000.000 y modificó la tasa de interés al 8% anual para el período desde la fecha del hecho hasta la sentencia de primera instancia.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Tasa 8% anual Costas Regulacion de honorarios Ley 27423 Apelacion Camara civil sala m


¿Quién es el actor?

Franco Nicolás Velazco.
- Demandada: Olga Esther Roude (y la aseguradora Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. en garantía).
- Objeto de la demanda: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 4 de agosto de 2021, reclamando partidas por incapacidad física sobreviniente, daño moral y otros rubros.

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente los agravios y, a su vez, modificó la sentencia de primera instancia elevando la incapacidad física sobreviniente a $5.500.000, el daño moral a $1.000.000; dispuso que los intereses entre la fecha del hecho y la sentencia de primera instancia se calculen a la tasa del 8% anual; impuso costas de segunda instancia a la parte demandada; y dejó sin efecto la regulación de honorarios de primera instancia procediendo a adecuarla conforme la ley 27423, regulando montos concretos para las partes, peritos y mediador.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo): "Se encuentra acreditado a través de la pericia médica –y fuera de debate en esta instancia– que, con motivo del accidente, Velazco presenta una incapacidad funcional de su columna cervical, con disminución de los rangos de movimiento, contractura paravertebral dolorosa persistente, lordosis fisiológica cervical y dolor crónico en ese sector. El médico traumatólogo estimó por dichas secuelas una incapacidad física parcial y permanente del 8%..." "Integradas todas estas variables, propongo al Acuerdo elevar el presente ítem por incapacidad física sobreviniente a la suma de $ 5.500.000." "Sobre estas bases, votaré por elevar prudencialmente el resarcimiento por daño moral a la suma de $ 1.000.000 (conf. art. 165 CPCCN)." "Conforme al criterio adoptado por esta Sala ... al haber sido establecidos los montos indemnizatorios a valores actuales, propongo al Acuerdo modificar la sentencia en este punto y establecer una tasa de interés del 8% anual desde el hecho hasta el pronunciamiento de primera instancia."
- Votos y disidencia: El voto de la Dra. María Isabel Benavente adhiere al voto del Dr. González Zurro; no consta disidencia.

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