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CORREA, SERGIO EZEQUIEL c/ MIRANDA, ADRIAN PABLO ALEJANDRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito entre una motocicleta y un automóvil. La Cámara modificó la partida por daño emergente dejándola en $25.000, ordenó calcular los intereses conforme a pautas precisas y confirmó todo lo demás de la sentencia de grado que había sido motivo de agravios.

Accidente de transito Responsabilidad civil Contribucion de la victima Dano emergente Intereses Dano moral Incapacidad sobreviniente Privacion de uso Aseguradora Camara civil


¿Quién es el actor?

CORREA, SERGIO EZEQUIEL.

¿A quién se demanda?

MIRANDA, ADRIAN PABLO ALEJANDRO (con citación en garantía a Caja de Seguros S.A.).
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios (accidente de tránsito ocurrido el 22/07/2022) por lesiones, daño moral, incapacidad sobreviniente, daño emergente, daños materiales y privación de uso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado: en particular redujo la partida de daño emergente a $25.000 y dispuso pautas concretas para el cómputo de intereses; confirmó en lo demás lo resuelto por el juez de primera instancia que fuera objeto de agravios; impuso las costas de Alzada como en primera instancia y diferió la adecuación prevista en el art. 279 y la determinación de honorarios hasta la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): 1) Sobre la causalidad y contribución de la víctima: "De la lectura de lo hasta aquí expuesto y teniendo en cuenta que, según lo consignado por el perito ingeniero interviniente, el 'probable' contacto 'se produce (...) entre la parte lateral derecha del vehículo VW GOL de la demandada, con la parte frontal de la motocicleta ZANELLA', puede apreciarse que el magistrado de grado no erró al sostener que los dichos de Correa revelan una infracción de su parte vinculada directamente con la génesis del siniestro ... De manera que, si se analiza lo hasta aquí delineado a la luz del concepto de causalidad jurídica ... lo lógico es arribar a la misma conclusión que el sentenciante de grado, en cuanto a que el actor, 'al intentar ese sobrepaso, contribuyó a que se produjera el accidente, con lo cual' se halla 'configurada la causal del hecho del damnificado'." 2) Sobre la modificación de daño emergente: "valorando la atención médica que la víctima recibió ... el monto reclamado en el escrito inicial -de $50.000-; que el accionante omitió por completo acompañar comprobantes que den cuenta de los gastos invocados ... propongo al Acuerdo: reajustar la presente partida, fijándola prudencialmente en la cifra de $25.000, suma que contempla la detracción prevista en función de lo precisado en el en el apartado V. a) (cfr. art. 165 del CPCCN)." 3) Sobre intereses: "considero que para satisfacer esa condición en la especie no cabe proponer al Acuerdo sino que se modifique lo decidido en la anterior instancia en punto a los intereses, disponiendo que se devengarán: a una tasa del 8% anual, desde la fecha en que se produjeron los perjuicios objeto de reparación y hasta la sentencia de grado y, desde esta última fecha y hasta el efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina ..."
- Disidencias: No hubo disidencia; los tres jueces votaron en el mismo sentido.

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