VERA, IVAN ARIEL c/ DOMINGUEZ, DANIEL HERIBERTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara declaró mal concedidos los recursos de apelación contra la sentencia del 11/9/2025 por resultar inapelable el monto comprometido conforme a la Acordada 20/2025 y condenó en costas de Alzada.
¿Quién es el actor?
VERA, IVAN ARIEL.
¿A quién se demanda?
DOMINGUEZ, DANIEL HERIBERTO.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (acción por daños y perjuicios con pérdida o muerte).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedidos los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de fecha 11/9/2025 y dispuso costas de Alzada en el orden causado, por considerar que la decisión recurrida resulta inapelable en atención al monto comprometido y a la Acordada 20/2025.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En nuestro ordenamiento, el art. 242 del Código Procesal limita las intervenciones del Tribunal de Alzada en aquellos asuntos de poca importancia económica, en aras de una mayor celeridad a la vez que evita costos y permite que las cámaras se dediquen con mayor intensidad a causas más importantes."
"Mediante Acordada 20/2025 la Corte Suprema de Justicia de la Nación adecuó el monto indicado en dicha norma a la suma de pesos tres millones doscientos mil ($3.200.000)."
"De ahí que, a criterio del Tribunal, a partir de un nuevo análisis que se efectúa sobre la cuestión, la decisión recurrida resulta inapelable. Es que el monto comprometido en el recurso de apelación interpuesto por la citada en garantía resulta inferior al mínimo establecido por la norma citada a la fecha en que aquél se articuló (conf. Ac. 20/2025 CSJN), siendo que éste se encuentra constituido por la suma reconocida como capital de condena ($3.087.000). A igual resultado se llega respecto del recurso de apelación de la parte actora, toda vez que la suma otorgada supera el monto de $1.393.000 reclamado en el escrito inicial."
"Por las consideraciones expuestas, el Tribunal RESUELVE: Declarar mal concedidos los recursos de apelación concedidos contra la sentencia de fecha 11/9/2025, con costas de Alzada en el orden causado en atención a la forma en que se decide (art. 68, 2do. Párrafo y 69 del Código Procesal)."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el acuerdo.
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