RUIZ, MARIA VIRGINIA c/ SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO - GERENCIA DE ADMINISTRACION DE COMISIONES MEDICAS Y OTRO s/RECURSO DIRECTO LEY 27573 - ART. 8 sexies
Recurso directo por indemnización del Fondo de Reparación COVID-19 por muerte atribuida a vacunación; la Cámara Federal de Córdoba hizo lugar al recurso, revocó la providencia impugnada y ordenó al Ministerio de Salud que, en 30 días, culmine las etapas pendientes del trámite administrativo para que la actora perciba la indemnización.
¿Quién es el actor?
María Virginia Ruíz.
¿A quién se demanda?
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
- Gerencia de Administración de Comisiones Médicas y Ministerio de Salud de la Nación (interviniente).
- Objeto de la demanda: Recurso directo (ley 27.573, art. 8 sexies) para que se revoque la Providencia N° PV-2023-58328472-APN-GACM#SRT y se declare la relación causal entre la vacuna SPUTNIK V y el fallecimiento de su hija, con orden de pago de la indemnización prevista por la ley 27.573.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso directo interpuesto por María Virginia Ruíz y se revocó el acto cuestionado; se dispuso que el Ministerio de Salud de la Nación culmine en el plazo de 30 días las etapas pendientes del trámite previsto en los puntos 5 y 6 del Anexo de la Resolución Conjunta 7/2022, a fin de que la actora pueda cobrar la indemnización correspondiente. Se impusieron las costas a la demandada y se reguló el honorario del apoderado de la actora en 20 UMA más 40% por doble carácter.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"El Ministerio de Salud de la Nación, con intervención de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas, establecerá los criterios generales para la determinación de la relación de causalidad sobre la base de la preponderancia de la evidencia, entre la aplicación de la vacuna y el daño denunciado, y aquellos necesarios para la determinación del grado del daño (art. 8 quinquies, incorporado por art. 6 del Decreto N° 431/2021). Las Comisiones médicas previstas en el artículo 51 de la Ley N° 24.241 serán las encargadas de la tramitación del reclamo. ... La Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas actuará como órgano de consulta técnica, siendo sus opiniones vinculantes (art. 8 sexies)."
"Tales piezas revelan que el trámite administrativo ingresó en la etapa de concreción del resarcimiento y que la discusión sobre el nexo causal, lejos de persistir, se encuentra técnicamente despejada."
"Las constancias de remisión interna a la Secretaría de Gestión Administrativa para la elaboración del proyecto de acto pertinente... revelan que el trámite administrativo ingresó en la etapa de concreción del resarcimiento y que la discusión sobre el nexo causal, lejos de persistir, se encuentra técnicamente despejada."
- Citas textuales decisivas:
"…la investigación y análisis del evento permiten concluir que existe evidencia de causalidad con la vacuna…".
"…la reclasificación a RELACIONADO A 1…".
"Por todo lo expuesto y a fin de evitar una denegación práctica del derecho a la reparación prevista en la ley 27.573, corresponde hacer lugar al recurso directo deducido por la señora María Virginia Ruiz y, en consecuencia, revocar el acto cuestionado y disponer que el Ministerio de Salud de la Nacion culmine en el plazo de 30 días las etapas pendientes del trámite previsto en el punto 5 y 6 del Anexo de la Resolución Conjunta 7/2022…"
- Disidencias: No registra voto en disidencia; los tres vocales votaron en igual sentido.
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