R., M. B. c/ OSPOCE Y OTROS s/AMPARO DE SALUD
Amparo por prestación de salud de monotributista social para mantenimiento de afiliación a obra social. El Juzgado Federal N°10 hizo lugar a la demanda y ordenó a OSPOCE mantener la afiliación de la actora y su hijo en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa, disponiendo además que ANSES y la Superintendencia realicen las gestiones para transferir los aportes correspondientes.
¿Quién es el actor?
M. B. R. (actora).
- Demandados: Obra Social del Personal del Organismo de Control Externo (OSPOCE); ANSES; Superintendencia de Servicios de Salud.
- Objeto de la demanda: Amparo de salud para obtener la inmediata continuidad de la afiliación de la actora y su hijo C.D.G.R. a OSPOCE en los mismos términos, condiciones, alcances del plan, cobertura y monto mensual que tenían anteriormente, tras la baja por falta de aportes como monotributista social.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se ordenó a OSPOCE mantener la afiliación de la actora y de su hijo en las mismas condiciones que tenía cuando la actora estaba en actividad; que se cumplimenten los aportes debidos conforme a las leyes aplicables (19.032, 18.610, 18.980, 23.660 y 23.661); que la actora, en su caso, abone la diferencia entre los aportes legales y la cuota del plan; y que ANSES y la Superintendencia de Servicios de Salud efectúen las gestiones para efectuar los aportes correspondientes a OSPOCE. Se libró oficio a ANSES para que, en cinco días, disponga la retención y transferencia mensual de los aportes deducidos del haber jubilatorio de la Sra. M. B. R. a favor de OSPOCE. Se impusieron las costas a OSPOCE y se regularon honorarios del letrado de la actora en 25 UMA ($2.124.075).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En virtud de ello, atendiendo a las circunstancias fácticas del caso, considero que por razones de economía procesal y a los efectos de evitar repeticiones innecesarias, corresponde remitirse, en relación al fondo de la cuestión debatida, a los fundamentos vertidos por el suscripto en casos análogos ... Ello así, toda vez que la denegatoria por parte de la demandada prescindió de la relación preexistente que vinculaba a OSPOCE con la actora, lo que comporta, con base en la normativa vigente, los presupuestos fácticos configurados y la jurisprudencia citada, una arbitraria restricción del pleno ejercicio de la accionante de su derecho a la salud."
"Por lo expuesto, la decisión de la accionada de privar a la actora y a su hijo -C.D.G.R.
- de las prestaciones médico asistenciales por falta de aportes como contribuyente del monotributo social luce como ilegítima y arbitraria, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional."
(Del bloque dispositivo) "Haciendo lugar a la demanda promovida por M. B. R. y, en consecuencia, ORDENANDO a la Obra Social del Personal del Organismo de Control Externo (OSPOCE) a mantener la afiliación de la actora y la de su hijo -C.D.G.R.-, en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa ... Líbrese oficio al ANSES, para que, en el plazo de cinco días, disponga que los aportes ... sean transferidos a la Obra Social ... dentro de los quince (15) días corridos posteriores a cada mes vencido con copia de la presente."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; es sentencia de primera instancia por un juez.
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