SUAREZ, LIA FERNANDA Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamo de personal de la Policía Federal por reconocimiento del suplemento función técnica de apoyo como remunerativo y bonificable. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó que el suplemento se liquide desde los dos años anteriores a la presentación de la demanda, imponiendo costas a la parte demandada.
¿Quién es el actor?
Suárez, Lia Fernanda y otro (personal de la Policía Federal Argentina).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad / PFA (EN
- M SEGURIDAD
- PFA).
- Objeto de la demanda: Se reclamó la incorporación a los haberes mensuales, con carácter remunerativo y bonificable, del suplemento denominado "función técnica de apoyo" creado por el decreto 380/2017, y su liquidación retroactiva.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada. Estableció que el suplemento "función técnica de apoyo", reconocido como remunerativo y bonificable, debe ser liquidado desde los dos años anteriores a la presentación de la demanda. Imputó las costas de esta instancia a la parte demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"I. Que el juez hizo lugar a la demanda promovida por personal de la Policía Federal Argentina y ordenó al Estado Nacional que incorpore a los haberes mensuales de la parte actora, con carácter remunerativo y bonificable, el suplemento función técnica de apoyo creado por el decreto 380/2017 desde 'los dos años anteriores a la fecha de presentación del reclamo administrativo, si es que lo hubiere, o de la interposición de la demanda o en su defecto desde la vigencia del decreto cuestionado, si correspondiere'. Impuso las costas a la parte demandada."
"V. Que la cuestión concerniente a los suplementos creados por el decreto 380/2017 (códigos 077 o 078) es sustancialmente análoga a la que fue tratada por esta sala en la causa “Favata” (nº 27.297/2018), pronunciamiento del 12 de noviembre de 2019, en la que se admitió la pretensión de la parte actora y se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los referidos suplementos, criterio que fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Di Nanno” (n° 18184/2018, pronunciamiento del 18 de agosto de 2022), por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad, a los fundamentos expuestos en los citados precedentes."
"VI. Que en atención al precedente “Di Nanno” no se encuentra motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota (artículo 68, primer párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), de modo que debe confirmarse la decisión apelada en este punto."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: