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M, A B c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Amparo por cobertura de internación geriátrica, medicación, terapias e insumos. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo y condenó a OSDE a cubrir al 100% la medicación, terapias e insumos y la internación en el Instituto Geriátrico del Solar SRL conforme nomenclador aplicable y con adicional del 35% por dependencia, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios.

Amparo Obra social Cobertura medica Internacion geriatrica Ley 24.901 Prestaciones para personas con discapacidad Resolucion 428/99 Kinesiologia Insumos ortopedicos Costos y honorarios


¿Quién es el actor?

A.B.M. (afiliado de 80 años).

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).
- Objeto de la demanda: Se reclamó cobertura al 100% de: (1) internación en institución geriátrica de tercer nivel (Instituto Geriátrico del Solar SRL) o subsidiariamente conforme Resolución 428/99 y nomenclador “Módulo Hogar Permanente, con Centro de Día Categoría A” más 35% por dependencia; (2) medicación ordenada; (3) insumos (cama ortopédica, andador y pañales); y (4) terapias (kinesiología motora, de la marcha y del equilibrio) a domicilio.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo y se condenó a OSDE a brindar a A.B.M. cobertura total (100%) de la medicación, terapias (kinesiología motora) e insumos (pañales, andador y cama ortopédica) y la internación en la institución geriátrica de tercer nivel “Instituto Geriátrico del Solar SRL”, o bien conforme valores del Nomenclador (Resol. 428/99) más 35% por dependencia, conforme prescripción médica y por el tiempo que indiquen los médicos tratantes; facturación detallada y pago en 15 días de cada factura. Se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios de la apoderada de la actora en 42 UMAS ($3.884.244) y se dejó sin regulación de honorarios a la otra letrada por falta de tarea útil.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Desde esta perspectiva, ponderando el alcance de la pretensión incoada, considero que la vía elegida resulta adecuada para dirimir la presente controversia." "atendiendo asimismo a los fundamentos vertidos por el Sr. Fiscal Federal en su dictamen, los cuales comparto... corresponde desestimar el planteo de inconstitucionalidad impetrado por la actora." "la ley 24.901... establece en su art. 2° que 'las Obras Sociales...tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas'... la cobertura integral de rehabilitación se deberá brindar con los recursos humanos, metodologías y técnicas que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera (arts. 12 y 15)." "en el sub lite no se encuentra en discusión el carácter de afiliado del actor, su discapacidad, ni las patologías que padece... razón por la cual requiere internación con atención 24 hs., sumado al hecho de que carece de quien se haga cargo adecuado de su atención y cuidado." "debe concluirse que se priva al afiliado de las prestaciones requeridas para el resguardo del tratamiento de la discapacidad que presenta, con grave menoscabo a su estado de salud, lo cual implica una conducta que no es ajustada a derecho y encuadra en la calificación de 'ilegalidad o arbitrariedad manifiesta' que requiere el art. 1 de la ley 16.986... por lo que corresponde hacer lugar a la acción promovida."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en este pronunciamiento.

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