D EMILIO, ROBERTO DANIEL c/ ESTADO NACIONAL- MIN.DE SEG. PFA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Apelación de la demandada contra la regulación de honorarios; la Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia y mantuvo la regulación de honorarios y la imposición de costas a la demandada, fijando además emolumentos de Alzada y recordando obligaciones de control de la tasa de justicia.
¿Quién es el actor?
DEMILIO, Roberto Daniel.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- PFA.
- Objeto de la demanda: controversia relativa a suplementos (Fuerzas Armadas y de Seguridad) y, en esta instancia, apelación contra la regulación de honorarios y costas dictada por el Juzgado Federal.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la Resolución de fecha 2 de febrero de 2026 dictada por el Juez Federal (en todo lo decidido y materia de agravios). Se impusieron las costas de la instancia a la demandada perdidosa, regulándose honorarios de la Dra. Irene L. Ortega por 3 UMA en el incidente; se fijó además que los emolumentos por la labor en la Alzada serán el 35% de lo regulado en primera instancia (art. 30 Ley 27.423). Se recordó la obligación del juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar la causa.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario):
"En efecto, considerando la ponderación del mérito, naturaleza e importancia de la labor desempeñada, entendió el magistrado interviniente que resultaba equitativo fijar los honorarios por las labores realizadas en primera instancia durante la primera etapa del proceso a favor de la doctora Irene Liliana Ortega, quien actuó como apoderada, en el 3,66% del monto del juicio con más el 40% atento el doble carácter, a cargo de la accionada, conforme imposición de costas. Concluyendo en una regulación equivalente a la suma de pesos doscientos cinco mil seiscientos cincuenta y tres con ochenta y nueve centavos ($205.653,89), por todo concepto."
"En relación a los honorarios regulados en los términos de la Ley N°27.423 correspondientes a la segunda y tercera etapa del proceso, ... la estimación de los honorarios profesionales debería oscilar entre 12,10 y 12,24 UMA. Luego, a tal resultado se le debe adicionar el 40% por el doble carácter de actuación y reducirlo a un tercio conforme las etapas procesales cumplidas bajo esta normativa, concluyendo finalmente en una regulación mínima de 11,30 UMA y máxima de 11,42 UMA. Sin embargo, ... estimo que corresponde confirmar dicha regulación y desestimar el agravio vertido por la demandada."
"Valoradas las tareas efectuadas en la Alzada ... entiendo prudente fijar los honorarios profesionales correspondientes a la doctora Irene Liliana Ortega en el 35% de lo que oportunamente se regule a su favor en primera instancia, ello de conformidad al art. 30 de la Ley 27.423 ... Dichos estipendios deberán ser soportaron conforme la imposición de costas dispuestas por esta Alzada mediante resolutorio de fecha 25/02/2022. ASI VOTO."
- No hubo disidencia: ambos votos (Montesi y Ávalos) coincidieron en confirmar la resolución apelada.
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