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ARCA c/ REPCAM SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra REPCAM S.A.S. por deuda fiscal por $7.927.469,26. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución y habilitó a la AFIP a efectuarla hasta obtener el íntegro pago, imponiendo costas a la demandada y ordenando medidas de embargo e inhibición en caso de insuficiencia.

Ejecucion fiscal Afip Embargo bancario Inhibicion general de bienes Liquidacion de deuda Costas Honorarios administrativos Ley 11.683 Disposicion 276/08 Deuda fiscal $7.927.469 26.


¿Quién es el actor?

ARCA (Ex A.F.I.P.), representando al Fisco.

¿A quién se demanda?

REPCAM SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $7.927.469,26 según la boleta de deuda agregada en autos, con sus intereses legales.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra REPCAM S.A.S., habilitándose a la Administración Federal de Ingresos Públicos para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $7.927.469,26 con más sus intereses legales. Se impusieron las costas a la demandada; se autorizó la estimación administrativa de honorarios conforme art. 92 Ley 11.683 y Disposición 276/08 de AFIP; se ordenó la procedencia de la inhibición general de bienes ante Registros correspondientes si el embargo bancario resultare negativo o insuficiente; se indicó la imputación de fondos en caso de resultar el embargo positivo y se facultó a la AFIP a practicar la liquidación de la deuda, con posibilidad de impugnación por el ejecutado en cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): I) "Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." II) "Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..." Dispositivo: "Declarar expedita la ejecución de la deuda ... quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $ 7927469.26, con más sus intereses legales."
- Votos en disidencia: No constan disidencias; la resolución fue firmada por el Juez Federal de 1ª Instancia ALEJANDRO SANCHEZ FREYTES.

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