Logo

ORTEGA LOPEZ, RAQUEL AUREA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/AMPARO LEY 16.986

Acción de amparo contra ANSES por descuentos aplicados por el art. 9 de la ley 24.463 sobre un haber docente. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar al amparo, ordenó cesar los descuentos, ordenar la reliquidación y pago retroactivo con intereses y declaró la inconstitucionalidad de normas del impuesto a las ganancias para eximir de retención los montos retroactivos y el haber definitivo.

Amparo Anses Ley 24.463 art. 9 Regimen especial docente (ley 24.016 / 26.508) Inconstitucionalidad impuesto a las ganancias Retroactivos Exencion de retenciones Prescripcion art. 82 ley 18.037 Intereses Honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Raquel Aurea Ortega López. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Se solicita que se declare la inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad del tope del art. 9 de la Ley 24.463 aplicado al haber previsional de la actora (beneficio docente por ley 26.508/24.016), se ordene la inmediata reliquidación del beneficio y el reintegro de las sumas descontadas (con más intereses), con costas y sin retención de impuesto a las ganancias sobre los retroactivos, y medidas para evitar la continuidad del perjuicio. Decisión: Se hizo lugar al amparo; se ordenó a la demandada que se abstenga en el futuro de descontar el art. 9 de la ley 24.463 a la actora, abonando retroactivamente las diferencias percibidas en menos con más sus intereses (con declaración de prescripción conforme art. 82 ley 18.037 por lo señalado por la demandada). Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc. c); 81 y 90 de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430) y se dispuso que los montos retroactivos y el haber definitivo del actor estén exentos de retención del Impuesto a las Ganancias. Se impusieron las costas a la vencida y se regularon honorarios por $1.849.640 (20 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Anticipo que considero que el art. 9 de la ley 24.463 no resulta aplicable a quienes se encuentren comprendidos en el régimen especial de la ley 24.016, que tiene sus propias características, y se vería desvirtuado por los topes fijados en la normativa mencionada." "Es que la actora, en virtud de las normas y decretos que le resultan aplicables se encuentra sometida a un régimen de aportes y jubilación diferenciado y sustraído de la ley 24.241 y sus modificatorias." Cita jurisprudencial de la CSJN: "…el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 y 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características, entre las que se encuentra su pauta de movilidad…" (CSJN, 28/07/2005, "Gemelli, Esther Noemí c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad"). Sobre impuesto a las ganancias: se sigue el criterio del fallo de la CSJN en "GARCIA, MARIA ISABEL C/AFIP S/ ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD": "… el análisis integral de la capacidad contributiva implica que la equiparación de un jubilado en condiciones de mayor vulnerabilidad con otro que no se en encuentra en esa situación, pasa por alto el hecho evidente de que el mismo ingreso no impactará de igual manera en un caso que en otro…" "Consecuencia de lo expuesto, cabe declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628... y por lo tanto exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente de la presente causa, como así también el haber que en definitiva corresponda al mismo." Sobre intereses: "Los haberes no percibidos, como es natural generan intereses debiendo aplicarse, desde que cada suma es debida y hasta el completo pago... la tasa pasiva promedio que publica el BCRA, conf. art. 10 del Decr. 941/91."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la pieza analizada; la resolución es del Juez de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar