Logo

MOTOVILOVA, IRINA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de ciudadanía por naturalización de Irina Motovilova; el Juzgado Civil y Comercial Federal 11 concedió la naturalización por reunir las condiciones previstas en la Constitución, la ley 346 y su reglamentación, ordenando la extensión del título y las comunicaciones administrativas correspondientes.

Naturalizacion Ciudadania argentina Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento Enrolamiento Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Ministerio publico fiscal Juzgado civil y comercial federal


¿Quién es el actor?

IRINA MOTOVILOVA (peticionaria).

¿A quién se demanda?

No hay parte demandada específica; trámite de otorgamiento de ciudadanía frente al Estado.
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía/ naturalización argentina.

¿Qué se resolvió?

Se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a Irina Motovilova, nacida el 25 de marzo de 1995 en Cheliabinsk, Rusia, con pasaporte N° 736622179, condicionada a que preste juramento comprometiendo su fidelidad a la República, la Constitución y sus leyes, con obligación de enrolarse dentro del plazo de un año y las comunicaciones a las autoridades pertinentes; oportunamente archívese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): "Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina." "Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionaria, RESUELVO: conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a IRINA MOTOVILOVA... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435) a partir de la fecha del juramento." "Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal mediante cédula electrónica, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen de la interesada y, oportunamente, ARCHÍVESE." Nota: No existen votos en disidencia; la parte dispositiva citada es la resolución final dictada por el Juzgado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar