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ROCHA SIMONS, ANDREINA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: se concedió la nacionalidad argentina a Andreina Rocha Simons. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 declaró que la peticionaria reúne las condiciones legales y ordenó expedir la carta de ciudadanía, con apercibimiento de enrolamiento en un año y oficio a organismos pertinentes.

Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Decreto 3213/84 Inscripcion renaper Enrolamiento Ley 346 Perdida de nacionalidad Expediente 12111/2019 Juzgado civil y comercial federal


¿Quién es el actor?

Andreina Rocha Simons (peticionaria).

¿A quién se demanda?

Estado nacional / autoridad competente (solicitud de ciudadanía dirigida ante el Juzgado).
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadana argentina a Andreina Rocha Simons, nacida el 18 de septiembre de 1992 en Porlamar, Estado Nueva Esparta, República Bolivariana de Venezuela; se ordenó extender el título respectivo, advirtiéndose la obligación de jurar fidelidad y de enrolarse dentro del plazo de un (1) año bajo apercibimiento de multa; se ofició al RENAPER, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones; y se comunicó la concesión a la Corte Suprema (Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," (Dispositivo) "1.
- Declarar ciudadana argentina a ANDREINA ROCHA SIMONS, nacida el 18 DE SEPTIEMBRE DE 1992 ... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.

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