Logo

L., M. c/ S.A.R.T.S.A.U. s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES

Cobro de honorarios de abogado frente a aseguradora por actuación ante Comisión Médica. El Juzgado declaró la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 y hizo lugar a la demanda, condenando a S.A.R.T.S.A.U. al pago de $462.410 más intereses y costas, y regulando honorarios para los profesionales intervinientes.

Honorarios Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Ley 27.423 Comisiones medicas Art Costas Intereses moratorios Uma Cobro de honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. M.L. (abogado, promoviente). Demandado: S.A.R.T.S.A.U. (antes Omint Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.). Objeto: Cobro de honorarios profesionales devengados por la actuación del abogado en el expediente administrativo S.R.T. N° 598198/23 (divergencia en determinación de incapacidad ante Comisión Médica Jurisdiccional). Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 y se hizo lugar a la demanda; se condenó a S.A.R.T.S.A.U. a pagar $462.410 (5 UMA) más intereses moratorios desde la notificación del traslado de la demanda hasta el efectivo pago, y costas; además se regularon y condenaron a pago los honorarios de los profesionales intervinientes en los montos detallados en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Es claro que, dado el carácter excepcional de los decretos de necesidad y urgencia, en ausencia de una adecuada fundamentación de las razones invocadas para su dictado, sin que se verifiquen los recaudos fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para su viabilidad, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 del Decreto de Necesidad y urgencia Nº 157/2018 y, en consecuencia, fijar el honorario profesional correspondiente al demandante por su desempeño como abogado en el expediente administrativo citado, según lo establecido en la ley 27.423." "3.1. De acuerdo a lo que surge de las consideraciones expuestas, la parte demandada deberá pagar a la demandante, dentro del plazo de diez días y bajo apercibimiento de ejecución, la suma de cuatrocientos sesenta y dos mil cuatrocientos diez pesos ($ 462.410), equivalente a 5 (cinco) UMA, con más intereses moratorios, los que deberán liquidarse desde la fecha de notificación del traslado de la demanda y hasta la del efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina." "Por lo expuesto en los apartados precedentes, de conformidad a lo dictaminado por el Sr. Fiscal, decido: 4.1. Declarar la inconstitucionalidad del DNU 157/2018. 4.2. Hacer lugar a la demanda por cobro de honorarios profesionales planteada por el Dr. M.L. contra S.A.R.T.S.A.U...."
- Disidencias relevantes: No hubo votos ni disidencias (sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en decisión unipersonal).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar