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ARE, ABEL ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de grado, ordenó el recálculo de la PBU, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida.

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¿Quién es el actor?

ARE, Abel Roberto (actor recurrente).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamos por reajustes de haberes previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU); cuestionamiento de la movilidad aplicada en la sentencia de primera instancia y otros reclamos relativos al cálculo de haberes (servicios autónomos, aplicación de precedentes).
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se confirma parcialmente la sentencia apelada en los términos del considerando 2.2; se ordena el recálculo de la PBU conforme lo expuesto en el considerando 1.2; se declara de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018 e imponen las costas a la demandada sustancialmente vencida (art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423); y se regularon honorarios en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. Insértese, hágase saber, publíquese y devuélvase al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1.2.
- En relación al agravio de la accionante, realizado el recálculo de la PBU inicial mediante el índice utilizado en la planilla acompañada que es conteste con lo dispuesto en el precedente ut supra citado, se concluye que su falta de redeterminación ocasiona una merma que resulta confiscatoria por ser mayor al 15% -cfr. el fallo 'Quiroga', por lo tanto, cabe ordenar la actualización de dicho componente." "2.2.
- ... De la lectura de la demanda se constata que efectivamente no se peticionó el análisis ni la aplicación de índices de movilidad previsional. Pese a ello, la sentencia recurrida trató la cuestión de la movilidad. Sentado lo anterior, cabe concluir que el pronunciamiento recurrido resolvió sobre una cuestión ajena a la pretensión deducida en autos, lo cual excede el marco de debate procesal y configura un supuesto de sentencia extra petita. Por tal razón, corresponde revocar lo resuelto en ese aspecto." "3.1.
- ... habré de rechazar el agravio formulado por la ANSeS sobre este punto y confirmar lo resuelto por el a quo." (en referencia a la aplicación del precedente 'Makler, Simón' para servicios autónomos). "En lo atinente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Morales, Blanca Azucena' (Fallos: 346:634) ... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423. Así voto."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; la Dra. Silvina María Andalaf Casiello adhiere al voto del preopinante.

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