WESKAMP, ALEJANDRO CLAUDIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes de prestaciones sociales y pedido de recalculo de la PBU en demanda contra ANSES. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, declaró desierto el recurso de la demandada, ordenó el recálculo de la Prestación Básica Universal y declaró la inconstitucionalidad de la norma reglamentaria (art. 3 DNU 157/2018), imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Weskamp, Alejandro Claudio.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varias, en particular la redeterminación de la Prestación Básica Universal (PBU) y la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley 27.426 (y del DNU N° 157/2018 en su art. 3 según planteo incidental).
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada; se confirmó la sentencia apelada en los términos del fallo; se ordenó el recálculo de la PBU conforme lo expuesto en el considerando 2.2; se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018 e impusieron las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; se regularon los honorarios de los profesionales de la Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Por su parte, la demandada no fundó el recurso de apelación esgrimido conforme los términos dispuestos por el artículo 259 del CPCCN. Seguidamente se dispuso el pase de los autos al Acuerdo quedando la causa en condiciones de ser resuelta."
"2.2.
- Ingresando al estudio del planteo deducido sobre la PBU, cabe señalar que la sentencia impugnada difirió su tratamiento para la etapa de ejecución, pero el actor peticionó su reajuste y acompañó documental al respecto, por lo que corresponde avocarme a su tratamiento. Así, realizado el recálculo de la PBU inicial mediante el índice utilizado en la planilla acompañada que es conteste con lo dispuesto en el precedente ut supra citado, se concluye que su falta de redeterminación ocasiona una merma que resulta confiscatoria por ser mayor al 15% -cfr. el fallo “Quiroga”, por lo tanto, cabe ordenar la actualización de dicho componente."
"3.
- En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en el fallo “Morales, Blanca Azucena\", corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423. Así voto."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la Dra. Andalaf Casiello adhirió al voto preopinante.
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