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NIETO, FABIAN ALFREDO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/REPETICIÓN

Fabian Alfredo Nieto solicitó aclaratoria contra la resolución de fecha 18/12/25 por omisión del nombre del actor y error en la fecha de la sentencia. La Cámara Federal de Córdoba hizo lugar a la aclaratoria, corrigiendo el texto del resuelvo para consignar el nombre del actor y precisó la obligación del juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia e integración de la Tasa de Justicia conforme arts. 10 y 14 Ley 23.898.

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¿Quién es el actor?

Fabian Alfredo Nieto.

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
- Objeto de la demanda: Acción de repetición (repetición de pagos) contra ARCA.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de aclaratoria formulado por el representante legal de la actora contra la resolución de fecha 18/12/25; en consecuencia, se corrigió el resuelvo para que conste textualmente que se revoca la sentencia dictada con fecha 13/06/25 por el Juez Federal N° 3 de Córdoba y, en consecuencia, "hacer lugar a la demanda de repetición entablada por Fabian Alfredo Nieto en contra de ARCA". Además, se recordó la obligación del Juzgado de primera instancia, conforme arts. 10 y 14 de la Ley 23.898, de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia y la integración total de la misma en la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Dicho esto cuadra señalar, que la aclaratoria constituye un medio para corregir un error material, suplir una omisión o aclarar un concepto oscuro, a pedido de parte o de oficio, pero sin que altere lo sustancial de la decisión. Es decir, la aclaratoria, 'sólo viene a completar o aclarar la decisión sobre aspectos accidentales y omisiones que no hace a la esencia de la misma en lo principal' (Falcón, Enrique M. 'Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Anotado-Concordado-Comentado', T. II, pág. 162, Ed. Abeledo Perrot, Bs.As. 1983)." "De este modo, ingresando a lo solicitado por el representante legal de la actora, se advierte que le asiste razón a su planteo. Así, en el resuelvo, donde dice 'I.
- Revocar la sentencia dictada con fecha 03/07/25 por el señor Juez Federal N° 3 de Córdoba y, en consecuencia, a) hacer lugar a la demanda de repetición entablada por en contra de ARCA,' deberá leerse: 'I.
- Revocar la sentencia dictada con fecha 13/06/25 por el señor Juez Federal N° 3 de Córdoba y, en consecuencia, a) hacer lugar a la demanda de repetición entablada por Fabian Alfredo Nieto en contra de ARCA.'"
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces votaron en idéntico sentido.

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