Logo

M , A G Y OTRO c/ M , I J s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Reclamo por daños y perjuicios producto de un accidente de tránsito con lesiones personales y pérdida del vehículo. La Cámara modificó la sentencia de grado: redujo la indemnización por incapacidad a $17.000.000 y por daño moral a $8.500.000, aumentó los daños materiales a $25.000.000, ordenó el régimen de intereses conforme al considering IV y declaró extensiva la condena a la aseguradora según la disidencia parcial.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos materiales Intereses deuda de valor Limite de cobertura Aseguradora Destruccion total Reparacion integral Apelacion civil


¿Quién es el actor?

A G M y M D SRL (coactora).

¿A quién se demanda?

I J M y P SA de S (y aseguradora citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 01/09/2020, con reclamos por incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos y daños materiales por la pérdida/siniestro del vehículo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de grado reduciendo la partida por incapacidad sobreviniente a $17.000.000 y la de daño moral a $8.500.000, elevó la partida por daños materiales a $25.000.000, dispuso que los intereses se calculen conforme al considerando IV y estableció que la condena será extensiva a la compañía aseguradora en los términos de la disidencia parcial de la Dra. Pérez Pardo; confirmó el resto del pronunciamiento recurrido y puso las costas de alzada al orden causado.
- Fundamentos principales (transcripciones literales de párrafos relevantes): 1) "el experto médico desinsaculado en autos fue contundente al afirmar que '[e]l accidente resultó ser el mecanismo idóneo para producir la lesión que presenta el actor', que 'las lesiones físicas sufridas por el actor son permanentes e irreversibles', y que, como indicó la jueza también, estas afecciones impactan en su físico y limitan 'sus actividades laborales, sociales y de esparcimiento'." 2) "En suma, la destrucción total se configura, cualquiera se la modalidad concreta o material del daño, cuando el vehículo no tiene ya significación de cambio o de uso positivamente apreciable, o bien si para readquirirla es menester un desembolso similar o superior al precio originario del bien, lo que es dable presumir que ocurre en la especie." 3) "Respecto a los intereses ... la reparación acordada debe ser calificada como una deuda de valor ... si una obligación de valor es cuantificada a parámetros monetarios actuales debe fijarse una tasa del 8% anual hasta el momento en el que el crédito quede cristalizado en dinero ... y otra desde este último momento hasta su pago."
- Disidencia relevante: la Dra. Pérez Pardo formuló disidencia parcial respecto del tratamiento del límite de cobertura. Ella coincidió con la mayoría en las modificaciones de importes e intereses pero propuso que la cobertura de la póliza se actualice conforme al monto que regule la autoridad competente y que la aseguradora responda hasta el límite vigente a la fecha del fallo de la presente instancia (adherida por la Dra. Iturbide).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar