VERDI GUILLEN, OLIANDRIS SHAILY s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Oliandris Shaily Verdi Guillén. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°11 hizo lugar a la petición y concedió la ciudadanía argentina por naturalización, disponiendo el juramento, el enrolamiento en el plazo legal y las notificaciones a RENAPER, Migraciones, la Cámara Nacional Electoral y al Ministerio de Relaciones y Culto.
¿Quién es el actor?
OLIANDRIS SHAILY VERDI GUILLEN (peticionaria).
¿A quién se demanda?
Estado nacional / autoridades competentes en materia de ciudadanía (actuación dirigida al Juzgado Civil y Comercial Federal 11).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a OLIANDRIS SHAILY VERDI GUILLEN (DNI N° 95.696.299), con la extensión del título respectivo condicionada al juramento de fidelidad a la República, la Constitución y sus leyes, y con la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año bajo apercibimiento del art. 35 de la ley 17.671; además, se ordenaron las notificaciones y comunicaciones a la Fiscalía Federal, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones y Ministerio de Relaciones y Culto, y la entrega de las actuaciones en formato papel al peticionario. El trámite quedó exento del pago de tasa de justicia y se archivará oportunamente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina."
"Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionaria, RESUELVO: conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a OLIANDRIS SHAILY VERDI GUILLEN..."
"Previo al juramento de ley, hágase saber a la interesada lo manifestado por el Sr. Fiscal Federal respecto a lo dispuesto por el art. 15 del Decreto 3.213/84."
"Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen del interesado."
No consta voto en disidencia.
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