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M J , M V c/ A Y S A S.A. AYSA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios por caída de una ciclista al encajarse la rueda en un marco de tapa de AYSA. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: elevó la partida por daños materiales de la bicicleta a $50.000 y confirmó en lo demás la condena contra AYSA, imponiéndole las costas de la alzada.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Aysa Tapa de registro Bicicleta Responsabilidad objetiva Art. 1757 ccyc Dano moral Incapacidad sobreviniente Costas


¿Quién es el actor?

M J M V (actora).

¿A quién se demanda?

A y S A S.A. (AYSA).
- Objeto de la demanda: reparación por daños y perjuicios derivados de caída de la actora el 19/9/2020 mientras circulaba en bicicleta por Av. Juan B. Justo al encajarse la rueda en una rajadura/rotura del marco de hormigón que contiene una tapa metálica identificada como propiedad de AYSA.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L, decidió modificar parcialmente la sentencia de primera instancia elevando la partida por daños materiales de la bicicleta a $50.000 (a valores del fallo recurrido), y confirmó en lo demás la sentencia apelada; asimismo impuso las costas de segunda instancia a AYSA por resultar sustancialmente vencida.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Dichas imágenes, con sutiles diferencias, resultan concordantes con las obtenidas por la página del web del Google Maps, que en este acto tengo a la vista, y datan de mayo 2019 y noviembre del 2021, por lo cual los agravios formulados por la empresa demandada sobre la veracidad de los fotografías debe ser desestimado." 2) "Por otro lado, contamos con la contestación brindada por el SAME, quien informó que '…surge un pedido de auxilio médico para “Av. Juan B Justo 4552 vía pública”, solicitado a las 14.50 horas. El motivo de la solicitud se registró: Z (otros) Relato: “FEM RFEFIERE QUE UN FEM SE ACCIDENTO SE CAYÓ DE UNA BICICLETA Y NO PODRIA MOVERSE NI LEVANTARSE SOLICITAN MOVIL Y SAME NO APORTA MAS DATOS VERIFICAR'; Categoría “Código Rojo” (Emergencia). El móvil comisionado al lugar se identifica como “Álvarez 2 (389)”. Arribando el móvil al lugar a las 15.14 horas y finalizando el auxilio médico a las 15.31 horas…'" 3) "No encuentro en los agravios, argumentos relevantes por los cuales Aysa no resulte responsable del mantenimiento y conservación del contorno de las tapas metálicas que son de su propiedad, pues resulta claro que es de su interés que todo ello debe estar en buen estado, para que la empresa pueda sacarlas o moverlas cuando es preciso... Esto último no exime de responsabilidad a la empresa prestataria por los daños derivados del mal estado de las tapas de registro o sus marcos de hormigón que la contienen, en tanto integran el sistema de prestación del servicio público bajo su control." 4) "En este sentido, no encontrándose acreditado eximente alguno de responsabilidad por parte de la empresa A y S A S.A (AYSA), y en función de lo dispuesto por el art. 1757 y conc. del Código Civil y Comercial de Nación, entiendo que la misma resulta plenamente responsable del hecho dañoso, razón por lo cual propiciaré la confirmación de lo resuelto sobre el tema en el fallo recurrido." 5) (Cuantificación daños materiales) "Por consiguiente, dado lo expuesto, y lo normado por el art. 165 del Cód. Procesal, por resultar reducida, propongo elevar la partida a la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000) a valores de la sentencia apelada."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los tres jueces votaron en el mismo sentido.

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