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MONASCAL ABATE, OMI ENRIQUE s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: se declaró ciudadano argentino a Omi Enrique Monascal Abate. El Juzgado admitió la pretensión al acreditar las condiciones constitucionales y legales, ordenó la expedición del título, la comunicación a registros y ministerios y advirtió la obligación de enrolarse y la posibilidad de cancelación por fraude.

Ciudadania Carta de ciudadania Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento Enrolamiento Cancelacion por fraude Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Ministerio publico fiscal


¿Quién es el actor?

Omi Enrique Monascal Abate (peticionante de carta de ciudadanía).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (procedimiento de incorporación a la ciudadanía argentina, con intervención de organismos registrales y del Ministerio Público Fiscal).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina.

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadano argentino a Omi Enrique Monascal Abate, D.N.I. Nº 95.935.019, nacido el 8 de julio de 1998 en Caracas, Venezuela, disponiéndose la extensión del título respectivo condicionada al juramento de fidelidad a la República, la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y la comunicación a los registros y ministerios competentes. Se ordenaron notificaciones y archivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina." "Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 6/10/2025 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fs. 11, RESUELVO:" (Texto dispositivo) "Declarar ciudadano argentino a OMI ENRIQUE MONASCAL ABATE, D.N.I. Nº 95.935.019, nacido el 8 de julio de 1998, en , Caracas, Miranda, República Bolivariana de Venezuela, de nacionalidad venezolana, ... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención." "Comuníquese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía y a la Dirección Nacional de Migraciones mediante oficio de estilo. Líbrese oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto..."
- Votos en disidencia: No constan disidencias; la resolución es de primera instancia dictada por el Juzgado.

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