Logo

A., J. A. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Amparo por cobertura de internación y prestaciones médicas a favor de paciente con síndrome demencial. El Juzgado declaró inoficioso expedirse por el fallecimiento del amparista, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios a favor de la letrada de la parte actora en $647.374 (7 UMA).

Amparo Salud Cobertura Osde Inoficioso Costas Honorarios Uma Ley 27.423 Fallecimiento del actor


¿Quién es el actor?

M.A.R., en representación de su esposo J.A.A. (amparista).

¿A quién se demanda?

OSDE.
- Objeto de la demanda: Se solicitó la cobertura total (100%) de la internación en la "Fundación de la Colectividad Japonesa para la Atención de Nuestros Mayores" —incluyendo atención médica clínica, enfermería, prestación de centro de día, rehabilitación, medicamentos, pañales e insumos— conforme prescripciones médicas.

¿Qué se resolvió?

El tribunal declaró inoficioso expedirse respecto de la acción de amparo por haberse producido el fallecimiento del amparista y, en consecuencia, impuso las costas a la demandada. Asimismo reguló los honorarios de la letrada de la parte actora en $647.374 (equivalente a 7 UMA conforme Resolución 538/2026 de la CSJN) y ordenó su pago en diez días, con intereses de la tasa activa del BNA en caso de mora; indicó que el IVA deberá adicionarse si corresponde y que los honorarios de la letrada de la demandada se fijarán posteriormente si corresponde.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que, las decisiones en los juicios de amparo deben atender a la situación existente al momento de ser dictadas, por lo que corresponde declarar que el objeto del litigio ha devenido abstracto al producirse el fallecimiento del amparista (conforme presentación del 30.03.2026), resultando inoficioso todo pronunciamiento sobre el planteo promovido en la demanda (Fallos: 308:1489, entre muchos otros)." "Que, sin embargo, la mera circunstancia de que una cuestión litigiosa se torne abstracta, no constituye razón suficiente para sostener que ello sea un obstáculo para decidir en materia de costas, desde que resulta preciso examinar las causas que condujeron a ese desenlace y las circunstancias en que tuvo lugar, como así también en qué medida la conducta de cada una de las partes influyó para que la controversia finalizara de esa forma..." "Que, desde esta perspectiva, resulta claro que la accionada no brindó la cobertura correspondiente al estado de salud del amparista, sino hasta la resolución del 29.05.2026. Por tales razones, considero que deberá la accionada hacerse cargo de las costas..." Dispositivo: "1) Declarar inoficioso expedirse respecto a la presente acción de amparo, e imponer las costas a la demandada. 2) ...corresponde fijar sus honorarios en la suma de $647.374, equivalente a la cantidad de 7 UMA..."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto; la resolución corresponde a lo dispuesto por el juez firmante y es la parte resolutiva final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar