Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HURTADO OSORNO, JOSE DAVID Y OTROS s/INFRACCION ART. 303 INC. 1, ASOCIACION ILICITA, INFRACCION ART. 303 INC. 2 A, ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 1 APARTADO A, ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO A, TENEN.ARMA GUERRA(ART.189 BIS-4°PAR)*MOD.LEY 25886, CONTRABANDO ARTICULO 864, INC. A) - CODIGO ADUANERO, CONTRABANDO AGRAVADO ARTICULO 865, INC. A) - CODIGO ADUANERO y CONTRABANDO AGRAVADO ARTICULO 865, INC. E) - CODIGO ADUANERO
Se homologaron acuerdos de juicio abreviado y se condenó a cinco imputados por asociación ilícita, lavado de activos y contrabando. La Cámara homologó los pactos y aplicó penas de 3 a 4 años de prisión, multas millonarias, accesorias y costas, y difirió el decomiso de bienes hasta resolver situaciones procesales pendientes.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representante: Fiscal General del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos, Dr. Federico Reynares Solari).
- Demandados/Imputados: Hernán Martín Morales; Darío Claudio Di Mare; Tomás Abel González; Ángel Ramón Narvay; Mauricio Dardo Aranda.
- Objeto de la acción: Homologación de acuerdos de procedimiento abreviado celebrados en virtud del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación por hechos vinculados a asociación ilícita, lavado de activos, y, en el caso de Aranda, contrabando de importación de estupefacientes agravado.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud de juicio abreviado y se homologaron los acuerdos; se condenó a los imputados con las penas y multas pactadas (p. ej. Morales a 3 años y multa de $33.780.430; Di Mare a 4 años y multa de $70.846.354; y demás condenas según detalle), se impusieron accesorias y costas, se formarán legajos de ejecución penal, se practicará cómputo de penas, se impuso el pago solidario de la tasa de justicia ($4.700) y se difirió el decomiso de los bienes secuestrados hasta resolución definitiva de la situación procesal de las demás personas requeridas a juicio.
- Fundamentos principales (transcripción literal
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