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Incidente Nº 9 - IMPUTADO: MENGHINI, KAREN SELENE s/Audiencia Multipropósito General

Pedido conjunto de Fiscalía y Defensa para imponer medida de coerción respecto de Karen Selene Menghini por incumplimiento de medidas cautelares. El Juzgado hizo lugar y dispuso arresto domiciliario por 23 días, a cumplirse en Francia 952, Rafaela, con control a cargo de la DCAEP y traslado a cargo de Gendarmería.

Arresto domiciliario Medida de coercion Art. 210 cppf Dcaep Gendarmeria Incumplimiento de medidas cautelares Madre de menores Rafaela Traslado 23 dias


¿Quién es el actor?

Fiscal Penal Federal Coadyuvante Dra. Daniela Ghiorzi y la Defensora Pública Federal de Venado Tuerto Dra. Silvina Costa (peticionantes conjuntos).
- Demandado/encartada: Karen Selene Menghini (DNI 40.054.435).
- Objeto de la demanda: Imposición de una medida de coerción (arresto domiciliario) conforme art. 210 inciso j y concordantes del Código Procesal Penal Federal, por incumplimiento de medidas cautelares no privativas de la libertad y por ser madre a cargo de dos menores, solicitándose 24 días corridos desde la fecha.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido y se dispuso el arresto domiciliario de Karen Selene Menghini por el plazo de 23 días corridos a contar desde la fecha de la resolución, con vencimiento el 12 de junio de 2026 a las 10:00 horas; la medida se cumplirá en calle Francia nro. 952, Rafaela; el control estará a cargo de la DCAEP; y se establecieron reglas de permanencia en el domicilio y salidas excepcionales por salud.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I. Mediante decreto de fecha 30.04.26 se dispuso hacer lugar al pedido Fiscal de detención de Karen Selene Menghini por haber incumplido las medidas cautelares no privativas de la libertad que le fueren impuestas en audiencia de fecha 16.03.26." "En virtud de lo antes descripto, teniendo en consideración que en el escrito incorporado al presente legajo se encuentra inserta la firma de la persona acusada y que, a su vez, no existen controversias jurídicas entre las partes -lo que limita la intervención jurisdiccional-, siguiendo el criterio expuesto para casos análogos, entiendo que deviene innecesario canalizar esta pretensión en audiencia." "estimo corresponde disponer como medida de coerción el arresto domiciliario de Karen Selene Menghini conforme lo normado por el artículo 210 incisos j y concordantes del Código Procesal Penal Federal." (Texto dispositvo) "I.
- Disponer como medida de coerción el arresto domiciliario de Karen Selene Menghini (DNI 40.054.435) conforme lo normado por el artículo 210 incisos j y concordantes del Código Procesal Penal Federal, por el plazo de 23 días corridos a contar desde el día de hoy, operando con vencimiento el día viernes 12 de junio de 2026 a las 10:00 horas."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es única y firmada por el Juez de Cámara.

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