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AFIP-DGI Y OTRO c/ SETON ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA s/EJECUCION FISCAL - AFIP

Oscar Orsi apeló para que se reconozca privilegio laboral sobre el producido de una subasta judicial y pidió beneficio de litigar sin gastos. La Cámara declaró desierto su recurso, ordenó costas y remitió al juez de primera instancia la tramitación del pedido de litigar sin gastos.

Apelacion Desierto Privilegio laboral Subasta judicial Producido de remate Litigar sin gastos Art. 2580 cccn Art. 2582 cccn Competencia Ejecucion fiscal


¿Quién es el actor?

Oscar Alberto Orsi, acreedor laboral (parte que interpone el recurso de apelación).
- Demandado / Parte recurrida: Resolución de fecha 3/12/2025 dictada en autos de ejecución fiscal promovida por AFIP-DGI y otro contra Seton Argentina S.R.L.; contesta el Fisco Nacional en la instancia de apelación.
- Objeto de la demanda: que se reconozcan y hagan valer privilegios laborales (privilegio especial o general) sobre el inmueble subastado o, subsidiariamente, sobre el producido de la subasta por un crédito laboral de $10.910.904,37; y la concesión del beneficio de litigar sin gastos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación deducido por el Sr. Oscar Alberto Orsi contra lo decidido el 3/12/2025, con costas (art. 68, primera parte, y 69 del CPCCN), y dispuso que lo relativo al beneficio de litigar sin gastos deberá tramitarse ante la primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que, así delimitada la cuestión, corresponde señalar que los agravios vertidos por el recurrente no logran desvirtuar los fundamentos del decisorio recurrido, ni satisfacen las exigencias de una crítica concreta y razonada en los términos del art. 265 del CPCCN, lo que conduce a declarar la deserción del recurso." "En efecto, si bien sostiene de manera genérica que el privilegio laboral invocado no podría verse afectado por la venta judicial del bien, lo cierto es que omite explicar de qué modo ello podría incidir sobre una subasta que —conforme surge de las constancias de la causa— se encontraba perfeccionada desde el año 2011, con pago del precio, depósito de los fondos en la cuenta de autos, adjudicación del inmueble y toma de posesión por parte del adquirente (en los términos de los arts. 586 y concordantes del CPCCN), extremos que además condujeron al Sr. magistrado de grado a concluir que el bien había salido del patrimonio del ejecutado." "Es que, la decisión apelada no se limitó a resolver una cuestión de prelación entre acreedores de distinta naturaleza, sino que concluyó que los privilegios generales tenían reservada su operatividad al ámbito de los procesos universales. Frente a ello, el apelante omite desarrollar una crítica concreta dirigida a desvirtuar dicho fundamento, desplazando el eje de su impugnación hacia una discusión diversa, relativa a la pretendida prevalencia del crédito laboral respecto del crédito fiscal." "Por lo expuesto, SE RESUELVE: a) declarar desierto el recurso de apelación deducido por el Sr. Oscar Alberto Orsi contra lo decidido el 3/12/2025 respecto a su pretensión, con costas (conf. artículo 68, primera parte, y 69 del C.P.C.C.N.); b) disponer lo indicado en el considerando que antecede en orden al beneficio de litigar sin gastos."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el acuerdo transcripto.

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