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IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SA (TF 66304724-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

IRSA impugnó determinación de IVA y multa por 2018; la Cámara admitió parcialmente el recurso y revocó el pronunciamiento respecto de los períodos enero-noviembre de 2018 por prescripción, y confirmó la decisión en lo que hace al período diciembre de 2018 y al fondo del ajuste por insuficiente prueba probatoria. Se ajustaron las costas: 20% a cargo de la actora y 80% de la demandada, y costas de instancia en el orden causado.

Recurso directo Prescripcion Suspension Iva Creditos fiscales Consorcios Prueba Multa Costas Ley 27.562


¿Quién es el actor?

I.R.S.A. Inversiones y Representaciones S.A. (IRSA).

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (Fisco Nacional).
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la resolución administrativa que determinó el Impuesto al Valor Agregado y aplicó multa por períodos fiscales 1/2018 a 12/2018 (y reservas vinculadas), impugnando validez temporal (prescripción y suspensiones) y el mérito del ajuste por cómputo indebido de créditos fiscales provenientes de facturas emitidas por consorcios.

¿Qué se resolvió?

Admitir parcialmente el recurso de la actora y, en consecuencia, revocar el pronunciamiento apelado con el alcance expuesto en el Considerando IV y confirmarlo con el que surge de los Considerandos V y VI; adecuar la distribución de las costas del Tribunal Fiscal de la Nación a 20% a cargo de la actora y 80% a cargo de la demandada; y distribuir las costas de esta instancia en el orden causado. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- Considerando IV (extracto): "En consecuencia, corresponde concluir que al momento del dictado de la resolución determinativa ya se encontraba cumplido el plazo de prescripción respecto de las facultades del Fisco para determinar el tributo discutido por los períodos enero a noviembre de 2018. Idéntica solución corresponde adoptar respecto de la multa aplicada (que comprendió a los períodos fiscales enero a junio de 2018...)".
- Considerando V (extracto): "Respecto del período fiscal diciembre de 2018 no se encontraba cumplido al momento del dictado de la resolución determinativa... al dictarse la Resolución N.º 39/25 (DV RRGC), el 23/05/2025, las facultades del organismo recaudador respecto del período fiscal diciembre de 2018 se encontraban vigentes."
- Considerando VI (extracto): "la controversia se desarrolló sobre la base de comprobantes emitidos bajo conceptos genéricos vinculados con 'expensas' y 'recupero de gastos', sin que de las respuestas brindadas por los consorcios involucrados surgiera una identificación concreta y suficientemente circunstanciada de prestaciones gravadas... En tales condiciones, los planteos relativos a una supuesta incorporación 'ex post' de fundamentos ajenos al ajuste, a la alegada inversión de la carga probatoria o a la invocación de criterios de realidad económica y doctrina administrativa no resultan suficientes para descalificar el pronunciamiento apelado, desde que no logran evidenciar un apartamiento manifiestamente irrazonable respecto de los elementos comprobados en autos." Citas textuales relevantes incluidas:
- "[q]ue de ello, se advierte que la suspensión por el término de un año a que hace referencia alcanza a la totalidad de los contribuyentes o responsables..." (citada por el Tribunal Fiscal y analizada por la Cámara).
- "no ha quedado acreditado que los consorcios hayan prestado servicios gravados en el IVA a la aquí recurrente..." (conclusión del Tribunal Fiscal confirmada respecto de diciembre de 2018). Disidencia relevante:
- No se registra en la parte resolutiva ninguna disidencia expresada; la decisión final del acuerdo es la transcripta.

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