RENAULT ARGENTINA SA (TF 39740-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Recurso directo promovido por Renault Argentina S.A. contra la DGA relacionado con la regulación de honorarios de la apoderada de la actora. La Cámara Federal hizo parcialmente lugar y redujo los honorarios regulados a $323.687 (equivalente a 3,50 UMA), con las salvedades sobre el IVA y su integración en las costas.
Actor: RENAULT ARGENTINA S.A. (actora en el expediente originario). Demandado: Dirección General de Asuntos (DGA) u organismo fiscalizador/administrativo indicado en autos. Objeto de la demanda: Recurso directo contra la regulación de honorarios practicada con fecha 05/09/2025 a favor de la Dra. Samanta Leslie Madsen Santamarina; impugna la cuantía fijada y solicita su revisión.
¿Qué se resolvió?
Se redujeron los honorarios regulados a PESOS TRESCIENTOS VEINTITRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($323.687), equivalente a 3,50 UMA, en favor de la Dra. Samanta Leslie Madsen Santamarina. Se sostuvo que el importe del IVA integra las costas y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto; si no lo hubiera denunciado, el plazo para el pago correrá desde que lo haga. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que a fin de tratar los recursos interpuestos; en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S., Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)." "Que sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, resultado y montos involucrados -conf. fs. 1 (F4, Resolución N° 471/2018), convertido a pesos y lo resuelto con fecha 18/09/2024-; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en el marco de un juicio durante la etapa del pleito cumplida, corresponde reducir a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTITRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($323.687) –equivalente a 3,50 UMA– los honorarios regulados con fecha 05/09/2025, en favor de la DRA. SAMANTA LESLIE MADSEN SANTAMARINA, letrada apoderada de la actora (arts.14, 16, 20, 21, 24, 29, 44 inc. b), 58 y ccdtes. de la ley 27.423 – Dto. 1077/17)." Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo final que obra en autos.
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