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Incidente Nº 1 - ACTOR: ACOSTA, JUAN DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

Incidente en ejecución de sentencia previsional por reajustes varios frente a ANSeS; la Cámara aprobó la planilla pericial del 20/04/2026 y confirmó la regulación de honorarios tanto de la representación de la actora como del perito contable, por resultar adecuadas y dentro de la escala arancelaria.

Ejecucion de sentencia Anses Planilla pericial Honorarios Perito contable Ejecucion previsional Aprobacion de liquidacion Regulacion arancelaria Art. 21-22-24 ley Camara federal de rosario

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ACOSTA, Juan (actor ejecutante de sentencia previsional). Demandado: ANSeS. Objeto: Ejecución de sentencia por reajustes varios; revisión de la planilla de liquidación practicada por perita contadora y regulación de honorarios. Decisión: Se aprobó la planilla practicada por la perita contadora el 20/04/2026 y se confirmó la regulación de honorarios correspondiente a la representación de la parte actora y al perito contable; insértese, hágase saber, publíquese y devuélvase al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Volvieron los autos a los fines de analizar la nueva planilla practicada el 20/04/2026 por la perita contadora en cumplimiento de lo ordenado por esta Sala mediante Acuerdo del 20 de octubre de 2025 que, en lo que aquí importa, ordenó corregir los errores numéricos cometidos al momento de volcar los haberes percibidos por la parte actora." "Ahora bien, del análisis de la liquidación acompañada se observa que las pautas fueron cumplidas por la experta, por lo cual corresponde su aprobación." "En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, que actuó en doble carácter, tratándose en autos de la ejecución de una sentencia previsional que es susceptible de apreciación pecuniaria (art. 16 inc. a), se tiene en cuenta la planilla, practicada y aprobada, en los términos de los arts. 22 y 24 de la ley. Conforme a ello, considerando la reducción de la escala del art. 21 (art. 41), las etapas cumplidas (art. 29 inc. f), así como las labores profesionales concretamente llevadas a cabo se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación." "En relación a la regulación efectuada a quién practicó la pericial contable ... Revisada la regulación, aplicando los porcentajes legales, así como la reducción del art. 41, se advierte que la suma establecida se encuentra entre los porcentajes arancelarios y es adecuada, razón por la cual corresponde su confirmación."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión consta como acuerdo de la Sala.

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