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CAVALLERO, PABLO ADRIAN c/ EN - ARCA - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Acción por inconstitucionalidad y reintegro contra ARCA por retenciones del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara desestimó los agravios del actor y de la parte demandada, con excepción de los intereses y de las costas, y dispuso distribuir las costas de ambas instancias en el orden causado.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Reintegro Intereses Costas Arca Agotamiento de la via administrativa Jurisprudencia garcia Distribucion de costas.

Actor: Pablo Adrián Cavallero. Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) / Estado nacional. Objeto de la demanda: Se impugnó la aplicación del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 20.628 y normas complementarias, el cese de retenciones y el reintegro de las sumas indebidamente retenidas más intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó los agravios del actor y de la parte demandada, con excepción de lo relativo a los intereses y a las costas, y ordenó distribuir las costas de ambas instancias en el orden causado. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "(i) Los intereses deben ser calculados desde la fecha de interposición de la demanda (el 16 de septiembre de 2025) en los términos del artículo 179 de la ley 11.683, dado que el actor fue dispensado de seguir la vía procedimental prevista en el artículo 81 de la referida ley al haberse habilitado la instancia judicial sin el reclamo administrativo previo que esa norma prevé (esta sala, causa 915/2021 'Grin, Roberto c/ EN-AFIP-DGI s/ proceso de conocimiento', pronunciamiento del 5 de abril de 2022)." (Considerando IX, párrafo i) "La tasa que corresponde aplicar a las sumas cuyo reintegro aquí se reconoce es la que está prevista en el artículo 3° de las resoluciones nºs 199/2025 y 823/2025 (Ministerio de Economía) según la vigencia temporal de esas normas (ver el artículo 6° de la resolución n° 199/2025 y el artículo 5 de la resolución n° 823/2025)." (Considerando IX, párrafo ii) "Por consiguiente, deben rechazarse los agravios del actor y admitirse los de la parte demandada, y revocarse el pronunciamiento apelado en este aspecto. Dadas las consideraciones señaladas, las costas de esta instancia también deben ser distribuidas en el orden causado." (Considerando X) Disidencia: No consta voto en disidencia en el bloque resolutorio final; la decisión consignada en la parte resolutiva prevalece.

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