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GARIADOR, FABIAN ALBERTO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor, policía federal, reclamó la incorporación de varios suplementos al haber mensual y el pago de diferencias. La Cámara confirmó la inclusión remunerativa y bonificable de los suplementos por función técnica de apoyo o función policial operativa (códigos 077/078), desestimó la pretensión respecto del suplemento zona (código 131) y modificó la imposición de costas.

Suplementos 077 Suplementos 078 Suplemento 131 zona Decreto 380/2017 Remunerativo Bonificable Costas Camara contencioso administrativo federal Policia federal Inclusion en haber mensual


¿Quién es el actor?

Gariador, Fabián Alberto (personal de la Policía Federal Argentina).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad / PFA.
- Objeto de la demanda: Que se incluya en el haber mensual y se abone con carácter remunerativo y bonificable los suplementos dispuestos por el decreto 380/2017 (códigos 077, 078 y 131) y se paguen las diferencias devengadas; decisión de primera instancia que hizo lugar a la demanda en su integridad respecto de los suplementos y le impuso las costas al demandado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada respecto de los suplementos por función técnica de apoyo o función policial operativa (códigos 077 o 078), desestimó la pretensión respecto del suplemento "zona" (código 131) y modificó la imposición de costas de primera instancia, disponiendo que sean distribuidas por su orden, al igual que las de esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que la cuestión concerniente a los suplementos creados por el decreto 380/2017 (códigos 077 o 078) es sustancialmente análoga a la que fue tratada por esta sala en la causa “Favata” (expte. nº 27.297/2018), pronunciamiento del 12 de noviembre de 2019, en la que se admitió la pretensión de la parte actora y se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los referidos suplementos, criterio que fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Di Nanno” (expte. n° 18184/2018, pronunciamiento del 18 de agosto de 2022), por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad a los fundamentos expuestos en los citados precedentes. En consecuencia, la objeción debe ser desestimada." "Que relativamente al suplemento 'zona', esta sala, en la causa “Retamozo” (nº 85.804/2018), pronunciamiento del 30 de marzo de 2021, estableció que el suplemento 'zona' (código 131) no reúne los requisitos para ser incorporado en el haber mensual de la parte actora con carácter remunerativo y bonificable, por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad, a los fundamentos expuestos en el citado pronunciamiento, criterio que es coincidente con el que la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció en la causa 'Vettorello' (Fallos: 348:1620)." "Que, en atención a las particularidades del caso, las costas de deben ser distribuidas por su orden (artículo 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), por lo que corresponde modificar la decisión del juez de primera instancia en este punto."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución final del tribunal es la transcrita y prevalece sobre propuestas individuales.

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