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GAITAN, SILVIA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora, Silvia Noemí Gaitán, reclamó reajustes por movilidad contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS N°56/2018 y Secretaría de Seguridad Social N°1/2018 y del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios de la alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.

Anses Reajustes por movilidad Inconstitucionalidad Dnu 157/2018 Resolucion anses 56/2018 Ripte vs isbic Costas Honorarios Ley 27.423 Camara federal de rosario


¿Quién es el actor?

GAITAN, SILVIA NOEMI.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad y pago de haber recalculado y diferencias retroactivas derivados del índice aplicable al cálculo de prestaciones.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, se declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS N°56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N°1/2018, así como la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N°157/2018; se impusieron las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme al art. 36 de la ley 27.423 y se reguló los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que se les regule en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes): "Ingresando al estudio de la queja de la accionada en la cual solicita que se remplace el ISBIC por el RIPTE, en consonancia con lo dispuesto en la ley 27.260, el decreto 807/2016 y Resolución ANSeS 56/2018, los planteos efectuados, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala, en los autos FRO 17753/2016 ... a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente al caso, corresponde remitirnos por razones de brevedad y economía procesal." "En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018." "Respecto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. ... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423." (No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión consignada es la de la Sala.)

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