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MOYANO, SANTIAGO DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Acción por reajustes previsionales contra ANSeS por recalculo de haberes y diferencias. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, revocó lo dispuesto sobre la movilidad del haber, dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art.1 de la ley 27.609 (diferiendo su tratamiento para ejecución) e impuso costas a la demandada.

Reajustes previsionales Anses Movilidad Ley 27.609 Dnu 157/2018 Pbu Costas Honorarios Confiscatoriedad Sala b


¿Quién es el actor?

MOYANO, SANTIAGO DOMINGO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; pedido de pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación de normas (DNU 157/2018, ley 27.609) y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios, revocó lo ordenado respecto de la movilidad del haber (por aplicación de la normativa citada), revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 y difirió su tratamiento para la etapa de ejecución, impuso las costas de la alzada a la demandada sustancialmente vencida (art.36 ley 27.423) y reguló los honorarios de los profesionales ante la alzada en el 30% de lo que se les hubiere reconocido en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas relevantes): "2º) Ingresando al estudio de la queja de la accionada sobre la actualización de aportes autónomos ingresados por moratoria, toda vez que la sentencia los excluyó a los fines de la redeterminación del haber inicial, no existe agravio al respecto." "3°) Respecto a la queja referida al recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde señalar que de los cálculos acompañados, el análisis de la confiscatoriedad por la falta de actualización de la PBU es superior al 15% -de conformidad con las pautas establecidas en los precedentes de la CSJN en 'Quiroga' y 'Actis Caporale'..., por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado por la parte actora y ordenar su reajuste." "4°) ...la actora adquirió su prestación en fecha 17/09/21, por lo que corresponde revocar la sentencia apelada en este punto debido a que dicha normativa no le resulta aplicable." "5°) En cuanto al agravio relativo al planteo formulado en relación a la ley 27.609, nos remitimos ... al Acuerdo del 30/12/2025..., pudiéndose ingresar para su lectura a ... En dicho Acuerdo, por mayoría, se resolvió diferir el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución." "6°) ... Por lo que corresponde rechazar el agravio y confirmar la sentencia en este punto." "7°) ...corresponde mantener la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencia: El Dr. Aníbal Pineda disintió respecto de la solución adoptada sobre la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609, remitiéndose a los fundamentos de su voto en el expediente "MAS, MABEL GLADIS c/ ANSeS..." (expte. FRO 8406/2024/CA1), pero en lo demás adhirió a la solución de las vocales preopinantes. Esa posición quedó en disidencia respecto de la decisión de la mayoría sobre el art.1 de la ley 27.609.

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