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FERRERO, JORGE OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de haberes previsionales: el actor demandó a ANSeS por el recálculo del haber y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada conforme los precedentes MULLER y GOTTIG, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, reguló honorarios en esta Alzada en 30% y dispuso costas por su orden.

Reajustes previsionales Anses Movilidad Ley 27.541 Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas por su orden Honorarios 30% Retroactivos Impuesto a las ganancias


¿Quién es el actor?

FERRERO, JORGE OMAR.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes de haberes previsionales; pedido de recálculo del haber inicial y pago de diferencias retroactivas derivadas del reajuste; impugnaciones de normas que suspendieron o modificaron la movilidad previsional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, conforme los fundamentos expuestos en los precedentes “MULLER” y “GOTTIG” (debiéndose estar a lo dispuesto en el considerando 4°); declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e impuso las costas de esta instancia por su orden conforme el art. 36 de la ley 27.423; y reguló los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. Insértese, hágase saber, publíquese y devuélvanse los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): “4°) En relación con los planteos formulados sobre la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad de la normativa suspendida, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados ‘MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTE DE HABERES’, expte N° FRO 22049/2022/CA1, de esta Sala ‘B’ integrada
- Acuerdo del 27/05/2025 y ‘GOTTIG, José María c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS’, expte. N° FRO 32870/2022/CA1, Acuerdo del 5/09/2025... debiendo rechazarse el agravio y movilizar el haber conforme las pautas allí dispuestas.” “5°) En relación al agravio de la parte actora sobre el modo dispuesto para el recálculo del haber inicial, corresponde remitirnos en lo pertinente y por cuestiones de brevedad a los fundamentos y conclusiones dadas por esta Sala en los autos caratulados ‘RINALDI, Adalberto Alcides c/ ANSeS s/ Reajustes Varios’, expediente nro. FRO 19163/2021/CA1... se rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426. En consonancia con lo allí establecido, se rechaza el agravio esgrimido y se confirma la sentencia apelada en este punto.” “9°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos ‘MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo’... corresponde mantener la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia por su orden, conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423.”
- Disidencia relevante: El Dr. Aníbal Pineda manifestó su desacuerdo “con la solución propuesta en relación al tratamiento de la movilidad respecto de la ley suspendida por ley 27.426” y remite sus fundamentos al acuerdo en autos “MORAS, Camilo Ángel c/ ANSeS...”, pero adhiere a los demás puntos; dicha postura quedó en disidencia respecto de la parte de la decisión referida a la aplicación de la movilidad suspendida.

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