CERATTO, ALICIA MARIA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes por haberes previsionales contra ANSeS; la Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que ordenó el recálculo y pago de haberes y retroactivos, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del art. 3 del DNU N° 157/2018, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios de alzada en 30%.
¿Quién es el actor?
CERATTO, Alicia María Mercedes.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; orden judicial para que ANSeS pague el haber recalculado y diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del DNU N° 157/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme el art. 36 de la ley 27.423; y reguló los honorarios de los profesionales de la alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"SE RESUELVE: I) Confirmar la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes mencionados. II) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016. III) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423. IV) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia a los profesionales de la parte. Insértese, hágase saber, publíquese y oportunamente, devuélvanse los autos al Juzgado de origen."
Asimismo, en el voto de la Dra. Vidal: "En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016." y "corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada ... conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; los vocales integraron el Acuerdo adhiriendo a la solución.
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