Logo

JIMENEZ LUIS ALBERTO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Los actores solicitaron la regulación de honorarios por tareas desarrolladas en la Alzada y contestación de recurso extraordinario. La Cámara Federal de Córdoba reguló los honorarios del Dr. Jorge A. Sarsfield en el 30% de lo que regule el juez de primera instancia por actuación en la instancia anterior y fijó $100.000 por la contestación del recurso extraordinario, con más tasa pasiva desde su vencimiento hasta el pago.

Honorarios Regulacion Camara federal de cordoba Tasa pasiva bcra Costas Recurso extraordinario Ley 21.839 Ley 23.898 Estado nacional Suplementos fuerzas armadas


¿Quién es el actor?

JIMENEZ LUIS ALBERTO Y OTROS.

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL.
- Objeto de la demanda: Pedido de regulación de honorarios de los apoderados de la parte actora por las tareas desarrolladas ante la Alzada (tanto por el fondo del asunto como por la contestación del recurso extraordinario).

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios del letrado apoderado Dr. Jorge A. Sarsfield en el 30% de lo que oportunamente regule el juez de primera instancia por su actuación en la instancia anterior; además se estimaron honorarios por la contestación del recurso extraordinario en $100.000 a la fecha del pronunciamiento; a las sumas deberá adicionarse la Tasa Pasiva Promedio del BCRA desde su devengamiento hasta el efectivo pago; se recuerda al Juzgado de primera instancia la obligación de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar la causa.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "De acuerdo con lo expuesto, y evaluado el trabajo profesional cumplido por la representación jurídica de la parte actora –doctor Jorge A. Sarsfield, único suscribiente del escrito de contestación de agravios, en cuanto al fondo del asunto, corresponde regular sus honorarios en el 30% de lo que oportunamente se regule en la Instancia anterior, los que deberán ser abonados conforme la condenada en costas, dispuesta por Resolución de este Tribunal de fecha 01/11/2013." "Asimismo, se considera razonable fijar los honorarios al mencionado letrado, por las tareas desarrolladas ante esta Alzada en cuanto a la contestacion del recurso extraordinario interpuesto por la demandada en contra de las Sentencia dictada por este Tribunal, cuya concesión fue denegada por Resolución de fecha 25 de marzo de 2014, en la suma de pesos Cien mil ($ 100.000), a la fecha del presente pronunciamiento." "A las sumas ordenadas a abonar deberá adicionarse los intereses de la Tasa Pasiva Promedio que publica el B.C.R.A., desde que son debidos y hasta su efectivo pago, atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos caratulados: 'Bedino, Mónica Noemí c/ Telecom Argentina y otros/part. Accionario obrero' y lo dispuesto por el art. 61 de la Ley arancelaria..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la parte dispositiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar