VALLE, LAUTARO c/ ALMAFUERTE SATACI s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Accidente de tránsito: el actor reclamó daños y perjuicios por lesiones tras colisión con un micrómnibus. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de grado y rechazó la acción por insuficiencia probatoria sobre la mecánica del siniestro y la intervención del vehículo demandado.
¿Quién es el actor?
Lautaro Valle.
¿A quién se demanda?
Almafuerte S.A.T.A.C.I. (y su aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (lesiones y secuelas, gastos médicos, daño moral, privación del uso del rodado, tratamiento futuro).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción, con costas a cargo de la parte actora.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales importantes):
"En el presente caso, la prueba producida respecto del suceso, es manifiestamente escasa."
"Es que, la testigo fue clara en no haber visto el suceso, sino solamente haber oído un estruendo y apreciar luego al accionante en el piso y al colectivo detenido, lo que no implica poder dar mérito la mecánica del siniestro, ni de la participación de los rodados descriptos."
"Con esas objeciones, resulta imposible que la acción prospere basada en ese único elemento probatorio, ya que éste no genera suficiente convicción respecto de la actual producción del incidente."
"Hasta aquí la prueba producida respecto del hecho, que, a mi modo de ver, resulta relevante para la solución... En definitiva, creo que los elementos aportados no resultan suficientes para tener por demostrada la intervención de la requerida en el suceso, ni la mecánica del suceso. Por todos estos argumentos, entiendo que deberá rechazarse la acción, lo que así dejo propuesto al acuerdo. Con costas de ambas instancias a cargo de la parte actora, sustancialmente vencida (art. 68 del Cód. Procesal)."
- Voto y acuerdo: El voto inicialmente redactado por el Dr. Claudio M. Kiper propuso el rechazo por insuficiencia probatoria; los Dres. José B. Fajre y Liliana E. Abreut de Begher adhirieron; la decisión fue unánime. No hubo disidencia.
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