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R, J.A. Y OTROS c/ METROVIAS S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Demandantes solicitaron indemnización por la muerte de un peatón atropellado por un tren en cruce peatonal. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, por entender que el cruce cumplía con los recaudos mínimos de seguridad según la CNRT y que concurrió el hecho de la víctima; además impuso las costas a la actora y reguló honorarios y peritajes.

Accidente ferroviario Responsabilidad por riesgo de la cosa Paso peatonal Cnrt Hecho de la victima Costas Regulacion honorarios Pericias Ley 27.423 Confirmacion de sentencia


¿Quién es el actor?

J. A. R., N. G. B. y M. A. R. (progenitores y hermana de la víctima).

¿A quién se demanda?

Metrovías S.A. y C. O. R. I. (motorman), y citada en garantía.
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por la muerte de E. R. B., atropellado el 28/11/2016 en un paso peatonal del Ferrocarril Urquiza.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada que rechazó la demanda; se impusieron las costas de Alzada a la parte actora; se modificaron y fijaron regulaciones de honorarios de los letrados y peritos conforme a la ley 27.423 y decretos aplicables.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): 1) "En definitiva, reitero mi criterio en cuanto a que el cruce en cuestión cumplía la función de alertar al peatón que estaba por atravesar las vías del ferrocarril." 2) "…la Comisión Nacional de Regulación del Transporte… concluyó concretamente que 'El paso peatonal de la calle Helguera cumple con los recaudos mínimos de protección establecidos en la normativa vigente'." 3) "Por todo lo hasta aquí expuesto, concluyo que el actuar del occiso revistió aptitud causal para producir el resultado dañoso, por lo que considero que las accionadas han logrado acreditar la eximente de responsabilidad alegada, esto es, el hecho de la víctima (art. 1729 del CCyC)."
- Disidencias relevantes: No se registran votos contradictorios que alteren la parte resolutiva; la votación fue favorable a confirmar lo decidido por la mayoría (la Dra. Sorini y el Dr. Fajre votaron en ese sentido; el Dr. Li Rosi no firmó por licencia).

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