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VASSALLO, JULIO CESAR c/ EN-M JUSTICIA-LEY 25914 s/AMPARO POR MORA

Amparo por mora contra el Ministerio de Justicia; se reclamó una resolución administrativa sobre solicitudes del actor. La Cámara desestimó los agravios de la demandada y confirmó la imposición de plazo de 15 días y las costas, por no acreditarse causas que justifiquen la demora.

Amparo por mora Ministerio de justicia Plazo de 15 dias Desestimar agravios Costas Apelacion Mora administrativa Orden de expedirse Camara contencioso administrativo federal Decision confirmada


¿Quién es el actor?

Vassallo, Julio César.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
- Objeto de la demanda: Amparo por mora, peticionando que la autoridad administrativa "expedirse en relación a las solicitudes que motivaron los presentes actuados" en un plazo determinado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó los agravios de la parte demandada y confirmó la decisión recurrida, manteniendo la orden de que la administración se expida (con el plazo de 15 días fijado en la sentencia de primera instancia) y la imposición de las costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que el juez hizo lugar a la demanda de amparo por mora deducida por la parte actora y ordenó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a “expedirse en relación a las solicitudes que motivaron los presentes actuados en el plazo de quince (15) días contados a partir de la notificación de la sentencia”. Impuso las costas a la parte demandada (pronunciamiento del 23 de abril de 2026)." "Que la parte demandada dedujo un recurso de apelación ... Fundó sus agravios en que no hubo mora administrativa y señaló que “el magistrado […] otorgó 15 días, convirtiendo la manda en una orden de dificultoso cumplimiento”. Solicitó “ampliar el plazo por el de 60 días” y criticó la decisión en cuanto le impuso las costas." "Que la parte demandada no rebatió el principal fundamento desarrollado en el pronunciamiento apelado ... En efecto, no cuestionó idóneamente que ha transcurrido un plazo más que razonable para expedirse en forma concreta y definitiva —sea en un sentido o en otro— respecto de la solicitud presentada por la parte actora ... Paralelamente, no se advierte que el plazo de quince días para resolver la pretensión sea un plazo irrazonable." "Que la imposición de las costas a la parte demandada debe ser mantenida pues no se advierte ningún motivo que justifique un apartamiento del principio objetivo de la derrota. ... En mérito de las razones expuestas, el tribunal RESUELVE: desestimar los agravios de la parte demandada, con costas."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto disponible; la decisión fue suscripta por dos integrantes de la sala por hallarse vacante el tercer cargo.

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