Incidente Nº 1 - ACTOR: CAPOGROSSO, ALFREDO PEDRO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Incidente de ejecución de sentencia contra ANSeS por actualización de la Prestación Básica Universal y retención del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó las quejas de ANSeS sobre la fórmula de cálculo de la PBU y la retención de impuesto a las ganancias, e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
CAPOGROSSO, ALFREDO PEDRO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Incidente de ejecución de sentencia para aprobación de planilla de liquidación de haberes previsionales (PBU), con actualización y determinación de retroactivos; discusión sobre la fórmula de cálculo aplicable y la retención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos; impuso las costas a la demandada vencida. Se ordenó insértese, hágase saber, publíquese y devuelva los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Ingresando al estudio de la queja de la demandada vinculada a la errónea actualización de la PBU en virtud de que ello no correspondería ya que en marzo de 2009 ésta pasó a ser actualizable por ley, y el actor adquirió su beneficio con posterioridad, corresponde señalar que la sentencia que por medio de este proceso se ejecuta al respecto dispuso remitirse a la doctrina judicial sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Quiroga Carlos Alberto c/ ANSeS s/Reajustes Varios” CSJ 00068/2010 (46-Q)/CS1 DEL 11/11/2014.”, lo que se encuentra firme y pasado en autoridad de cosa juzgada."
"1.1.
- En relación al agravio referido a la fórmula de cálculo de la PBU que se encuentra derogada a la fecha de adquisición del beneficio del actor, la cuestión a dirimir es sustancialmente análoga a la planteada en los autos Nº FRO 64793/2018 ... y que fue rechazada por esta Sala mediante Acuerdo del 01 de octubre de 2024 a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitirnos por razones de brevedad y economía procesal, por lo tanto, se debe desestimar el presente agravio."
"2.
- Avocándome al tratamiento del planteo relativo a la omisión de la retención del impuesto a las ganancias, indicaré que la resolución recurrida remitió, al precedente “García” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19), criterio sostenido por esta Sala “A” en la causa FRO Nº 24589/2019 “CALDERON, Aníbal Norberto c/ANSeS s/Ejecución Previsional” del 25/08/2022, lo que no fue rebatido por la apelante, por lo que corresponde estar a lo allí resuelto."
"La Dra. Elida I. Vidal dijo: 1.
- En torno a la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias concuerdo con la solución dada por el Dr. Pineda y respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, ... donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628 (Considerando 3)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el acuerdo fue adoptado por la Sala “A” (firmaron Pineda y Vidal). Se hace mención que el Dr. Fernando Lorenzo Barbará no participó por haber cesado en sus funciones.
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