Incidente Nº 1 - ACTOR: RACCA, LAURA DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
La actora promovió ejecución de sentencia contra ANSeS por reajustes y liquidación de haberes; la Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y revocó la regulación de honorarios del perito contador, imponiendo las costas de Alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
RACCA, LAURA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Incidente/Ejecución de sentencia por reajustes de haberes (aprobación de planilla practicada, liquidación de retroactivos incluyendo componente PBU, y regulación de honorarios profesionales y periciales).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en los términos del pronunciamiento; revocó la regulación de honorarios del perito contador debiendo atenerse a lo dispuesto en el considerando 5°; e impuso las costas devengadas en la Alzada a la demandada vencida, con imputación del 30% de lo que se fije en primera instancia a los profesionales actuantes en la Alzada. Se ordenó insertar, hacer saber, publicar y devolver los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"1.
- Ingresando al estudio de la queja de la demandada referida a que la actualización de la PBU no fue ordenada en la sentencia de reajuste, es dable señalar que ello no se condice con lo resuelto en la sentencia del 1 de noviembre de 2021, donde se dispuso el ajuste de dicho componente, conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto'."
"5.
- Respecto al honorario de la perito contadora, teniendo en cuenta el monto de la planilla que por el presente acuerdo se confirma, la extensión y calidad de las tareas efectivamente desarrolladas, el resultado obtenido y lo establecido por los artículos 16, 19, 20, 24, 30, 41, 51 y 61 de la ley 27.423 y 478 del CPCCN, se advierte que la suma regulada resuelta elevada a fin de representar una retribución adecuada a las circunstancias del caso. Por ende, corresponde y fijar el honorario de la perito contadora CPN Sra. Susana Antonia Giménez en la suma de pesos setenta y siete mil trescientos cincuenta y dos ($ 77.352), equivalente a 4 UMA."
"6.
- En cuanto a las costas devengadas en la Alzada, se imponen a la recurrente (artículo 68 del C.P.C.C.N.)."
- Observaciones sobre votos: Los votos de los magistrados (Dr. Aníbal Pineda y la Dra. Silvina María Andalaf Casiello) adhieren en lo sustancial a la confirmación parcial y a la revocación de la regulación de honorarios del perito conforme el considerando 5°. No consta disidencia que modifique el acuerdo final.
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