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ASIS, ALFREDO ISMAEL c/ ADMINISTRACIO FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por retenciones del impuesto a las ganancias sobre prestaciones previsionales. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de grado y ordenó adicionar a las sumas a reintegrar los intereses de la tasa pasiva promedio mensual del BCRA desde que cada suma fue retenida.

Accion declarativa de inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Prestaciones previsionales Intereses Tasa pasiva promedio bcra Apelacion Costas Honorarios Afip Fallo plenario


¿Quién es el actor?

Alfredo Ismael Asis.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad respecto de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre prestaciones previsionales y reclamo de restitución de sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación de la actora y se modificó la resolución de fecha 25 de febrero de 2025 del Juzgado Federal N°2 de Córdoba, disponiéndose que a las sumas ordenadas a reintegrar se les adicionen los intereses de la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A., los cuales se computarán desde que cada suma fue retenida. Se impusieron las costas de la Alzada en el orden causado y se regularon honorarios del letrado apoderado de la actora en el 35% de lo fijado para la instancia de grado. Asimismo se recordó la obligación del juzgado de primer grado respecto del control de la tasa de justicia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "II.
- Cabe destacar que los agravios de la parte actora se encuentran circunscriptos solamente al cómputo de los intereses de las sumas que se le deben restituir a la actora. Respecto a la fecha de computo de los intereses que corresponde adicionar a las sumas mandadas a reintegrar corresponde señalar que esta Cámara Federal ha zanjado el tema en el fallo plenario de fecha 30 de octubre de 2024 en autos “VALLES, RAMON ADOLFO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS – A.F.I.P. s/ ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” (Expte. FCB N° 39540/2022) -el cual se encuentra firme en virtud de la Resolución de la CSJN de fecha 4 de noviembre de 2025
- en el que se dispuso, en lo pertinente: “POR MAYORÍA:
- En los procesos judiciales en los cuales se cuestiona la constitucionalidad del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones y pensiones y se hace lugar a la acción, iniciados y tramitados como acción declarativa de certeza, los intereses de las sumas a reintegrar por el período no prescripto correrán desde que cada suma fue retenida.
- II.-…”. En función de ello y resultando ésta la doctrina legal aplicable, obligatoria para este Tribunal y los Juzgados Federales de esta Cuarta Circunscripción Judicial, de conformidad con las previsiones de los arts. 300 y 303 del CPCCN, corresponde estarse a lo allí dispuesto." "III.
- Por todo lo expuesto, y jurisprudencia citada corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la representación jurídica de la actora y ordenar modificar la resolución de fecha 25 de febrero de 2025, dictada por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba y en consecuencia ordenar que a las sumas mandadas a reintegrar al demandante se le deberán adicionar los intereses de la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A. que se computarán desde que cada suma fue retenida."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; las juezas Navarro y Montesi votaron en idéntico sentido al preopinante.

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