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PACHECO APONTE, JESUS ALEJANDRO s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitante requería la concesión de la carta de ciudadanía argentina por naturalización. El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº10 hizo lugar a la solicitud y declaró a Jesús Alejandro Pacheco Aponte ciudadano argentino, ordenando expedir la carta de ciudadanía e informar a los organismos pertinentes.

Ciudadania Naturalizacion Carta de ciudadania Decreto 3213/84 Enrolamiento Perdida de nacionalidad Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Procurador fiscal Juzgado civil y comercial federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: JESUS ALEJANDRO PACHECO APONTE, solicitante de carta de ciudadanía. Demandado: No existe parte demandada; es un trámite de naturalización ante el Juzgado. Objeto: Concesión de la ciudadanía argentina y emisión de la carta de ciudadanía. Decisión: Se declaró ciudadano argentino a JESUS ALEJANDRO PACHECO APONTE, con la expedición de la carta de ciudadanía y las notificaciones/oficios correspondientes, condicionando la entrega del título a la promesa de fidelidad y advirtiendo obligaciones y consecuencias legales (enrolamiento en 1 año, posible pérdida de nacionalidad anterior, y cancelación por fraude u ocultamiento conforme al Decreto 3213/84).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," Dispositivo final: "Declarar ciudadano argentino a JESUS ALEJANDRO PACHECO APONTE ... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.

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