CHEN, XIUJING c/ EN-M INTERIOR-DNM-EXPTE 43972/19 s/AMPARO POR MORA
Amparo por mora contra la Dirección Nacional de Migraciones por trámite del expediente N° 43972/2019. La Cámara declaró abstracta la acción por la disposición administrativa que suspendió el trámite y confirmó la regulación de honorarios en 7 UMA, con costas a la parte demandada.
Actor: CHEN, XIUJING. Demandado: EN-M INTERIOR-DNM (Dirección Nacional de Migraciones). Objeto de la demanda: Acción de amparo por mora respecto del expediente administrativo N° 43972/2019; la jueza de primera instancia hizo lugar y ordenó resolver el reclamo administrativo dentro de veinte (20) días hábiles administrativos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró abstracta la acción de amparo por mora, con costas, y fijó los honorarios conforme al considerando V. Mantuvo la imposición de costas a la parte demandada y confirmó la regulación de honorarios en 7 UMA, equivalentes a $669.382, conforme la Resolución SGA Nº 1076/2026 de la Corte Suprema. Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia): "IV. Que con el dictado de la disposición referida, el objeto de la presente acción devino abstracto." "V. Que las costas en el pronunciamiento apelado deben ser mantenidas, pues fue su actitud la que obligó a la parte actora a litigar (artículo 68, primer párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Las costas de esta instancia deben ser distribuidas en el orden causado dado que el recurso no fue replicado." "VI. ...corresponde CONFIRMAR en 7 UMA —equivalentes a la suma de $ 669.382, de conformidad con los valores establecidos en la Resolución SGA Nº 1076/2026 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— la regulación de los honorarios de la doctora Flavia Marcela Vega, por su actuación en la dirección letrada de la parte actora en la instancia anterior (articulos 16, 20, 44, último párrafo, y demás c.c. de la ley 27.423)." Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en la parte dispositiva final; la decisión fue suscripta por dos integrantes de la sala (vacante el tercer cargo).
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