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DELBONO, NICOLAS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA - DTO 2744/93 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor demandó por la incorporación a su haber de suplementos previstos en decretos (2744/93, 380/17 y otros) como remunerativos y bonificables. La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia y únicamente modificó la imposición de costas, disponiendo su distribución por su orden.

Incorporacion de suplementos Remunerativo Bonificable Decreto 2744/93 Decreto 380/17 Policia federal argentina Costas Distribucion por su orden Precedentes bertoia/favata Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

Nicolás Delbono.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad (PFA).
- Objeto de la demanda: Se reclamó que se incorpore al haber mensual del actor, como remunerativo y bonificable, "los suplementos instituidos por los Decretos Nros. 2744/93, 1255/05, 1126/06 y 380/17, y sus ampliatorios y/o modificatorios", con expresa solicitud de cómputo del pago desde dos años anteriores o desde la vigencia del decreto cuestionado, según correspondiera.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó, en lo sustancial, la sentencia apelada que hizo lugar a la demanda; sólo modificó la imposición de costas de primera instancia, disponiendo que sean distribuidas por su orden, y ordenó asimismo que las costas de esta instancia se distribuyan por su orden.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que el juez hizo lugar a la demanda promovida por personal de la Policía Federal Argentina y ordenó al Estado Nacional incorporar al haber mensual del actor, como remunerativo y bonificables, 'los suplementos instituidos por los Decretos Nros. 2744/93, 1255/05, 1126/06 y 380/17, y sus ampliatorios y/o modificatorios' desde los 'dos años anteriores a la fecha de presentación del reclamo administrativo, si es que lo hubiere, o de la interposición de la demanda o en su defecto desde la vigencia del decreto cuestionado, si correspondiere' (considerando I)." "Que con respecto al decreto 2744/1993, el caso es sustancialmente análogo al precedente 'Bertoia' (expte. nº 17.069/2010), pronunciamiento del 8 de marzo de 2012, en el que esta sala admitió la pretensión de la parte actora y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos establecidos en dicho decreto." "Que la cuestión concerniente a los suplementos creados por el decreto 380/2017 (códigos 077 o 078) es sustancialmente análoga a la que fue tratada por esta sala en la causa 'Favata' (expte. nº 27.297/2018), pronunciamiento del 12 de noviembre de 2019, en la que se admitió la pretensión de la parte actora y se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los referidos suplementos, criterio que fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Di Nanno' (expte. n° 18184/2018, pronunciamiento del 18 de agosto de 2022), por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad a los fundamentos expuestos en los citados precedentes." "Que en atención a las particularidades del caso, las costas de ambas instancias deben ser distribuidas por su orden (artículo 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), por lo que corresponde modificar la sentencia apelada en este punto."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución está suscripta por dos integrantes de la Sala (vacante el tercer cargo).

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