AMERI, FELISA DEL CARMEN c/ CHUDNOVSKY, NESTOR ABEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó por daños y perjuicios contra el odontólogo Néstor Abel Chudnovsky y Sancor Cooperativa de Seguros por secuelas derivadas de una intervención odontológica. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, sosteniendo que la prueba (principalmente el dictamen del Cuerpo Médico Forense) no acredita culpa profesional y que la actora no formuló agravios concretos y razonados.
¿Quién es el actor?
Felisa del Carmen Ameri.
¿A quién se demanda?
Néstor Abel Chudnovsky; citada en garantía Sancor Cooperativa de Seguros Limitada.
- Objeto de la demanda: Reparación por daños y perjuicios por lesión y secuelas alegadamente causadas durante intervención odontológica del 8/11/2018 y por atención posterior.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia recurrida que rechazó la demanda; se impusieron las costas de alzada a la actora; los honorarios se regularán en la instancia de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"III.
- Adelanto que la apelante no se hizo cargo de los fundamentos principales en que se basó el magistrado para rechazar la demanda. En este punto, debo recordar que el art. 265 del Código Procesal exige que la expresión de agravios contenga la crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considera equivocadas... El Sr. juez de grado -tras analizar los argumentos de las partes y la forma en que había quedado trabada la litis
- determinó que, en el caso, se estaba ante una obligación de medios, donde debía determinarse si el odontólogo demandado había obrado o no con culpa en la atención suministrada a la paciente Ameri. Seguidamente, el magistrado precisó que, luego de haber analizado toda la prueba producida, para la resolución del caso solamente tenía relevancia la pericia del Cuerpo Médico Forense (vid. el considerando III de la sentencia)."
"Por ende, concluyó que los elementos probatorios incorporados en el expediente son insuficientes para atribuir las secuelas que presenta la paciente Ameri a un acto culposo del odontólogo Chudnovsky... En este informe se precisó además que, cuando el Dr. Chudnovsky realizaba la intervención mediante el empleo de 'elementos rotarios apropiados', se produjo un 'corte accidental' en los tejidos blandos vecinos... El informe también precisó que la Sra. Ameri presentaba, al 26/6/2024, 'falta de registro sensitivo, por vestibular de la zona lateral del reborde maxilar derecho a nivel de Segundo Premolar derecho (1.5) a Canino derecho (1.3), sector de 1 cm aproximadamente' (vid. el considerando IV de la sentencia). El magistrado consideró, asimismo, que el Cuerpo Médico Forense había señalado que 'este tipo de complicaciones está prevista en los procedimientos o pasos de tratamiento dental dentro de la clínica dental' (vid. el considerando IV)."
"IV.
- La queja la actora atinente a la supuesta falta de valoración por parte del magistrado de grado de la declaración de rebeldía del demandado no correrá mejor suerte... De allí que la declaración de rebeldía del demandado no implica sin más el reconocimiento de los hechos sostenidos por la reclamante... En este punto, considero que -ante la contundencia del dictamen del Cuerpo Médico Forense, que ya ha sido reseñado
- la falta de contestación de la demanda en que incurrió el emplazado y la presunción motivada por la declaración de rebeldía resultan insuficientes, por sí mismas, para dar sustento a la responsabilidad que le atribuye la recurrente en este particular caso."
- Disidencias: No hubo voto disidente; el Dr. Carlos A. Calvo Costa adhirió al voto del Dr. Sebastián Picasso; el Dr. Li Rosi no intervino por licencia.
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