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SAURA, MYRIAM MERCEDES c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO

La actora promovió acción meramente declarativa solicitando que se declare su exención del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y la restitución de sumas retenidas. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de grado y ordenó que las sumas retenidas se devuelvan desde la interposición de la demanda, con intereses según la tasa pasiva promedio del BCRA.

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¿Quién es el actor?

Myriam Mercedes Saura.

¿A quién se demanda?

Administracion Federal de Ingresos Publicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de derecho para que se declare la exención del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y se ordene la restitución de las sumas retenidas desde la promoción de la demanda, con intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Córdoba, Sala B, modificó parcialmente la sentencia de fecha 14/11/2024 y ordenó que los montos retenidos por aplicación del impuesto a las ganancias sean devueltos desde la fecha de interposición de la demanda (30/06/2020), con más los intereses de la tasa pasiva promedio que publica el BCRA desde que cada suma fue retenida y hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas de la Alzada en el orden causado y no se regularon honorarios por las razones expuestas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Al expresar agravios el representante de la demandada se queja en cuanto el Magistrado de grado dispone la devolución de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias por el periodo de prescripción atento a que la propia actora solicitó que sea desde la interposición de la demanda, por ello entiende que el fallo en crisis estaría concediendo algo distinto a lo peticionado, introduciendo cuestiones no planteadas por las partes y ajenas de este modo a la relación jurídico – procesal, en franca violación a la garantía de la defensa en juicio (arts. 17 y 18 C.N.). Solicita se revoque la parte atacada." "La congruencia es una de las reglas técnicas más importantes de la actividad de sentenciar; la Corte ha explicado que el principio de congruencia exige la existencia de conformidad entre la sentencia, y las pretensiones y defensas deducidas en juicio... En este marco normativo se concluye que la resolución fue más allá de lo peticionado, configurando así la hipótesis de sentencia extra petita, o sea que excedió el marco de dicha discusión. Por lo que propugno modificar la resolución recurrida en este punto y ordenar la restitución de los montos retenidos en virtud del impuesto las ganancias desde la interposición de la demanda." "En base a lo expuesto, entiendo que corresponde modificar parcialmente la sentencia dictada por el señor Juez Federal de Villa Maria... a) ordenar que los montos retenidos por aplicación del impuesto a las ganancias, deberán ser devueltos desde la fecha de interposición de la demanda ya que así fue solicitado por la parte actora, con más los intereses de la Tasa pasiva promedio que publica el BCRA desde que dichas sumas fueron retenidas y hasta el efectivo pago. Las costas de la Alzada se imponen en el orden causado, (art.68, 2° parte del CPCCN.) atento a la falta de contradictorio."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los tres jueces votaron en idéntico sentido.

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