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BORGUI, JORGE MARCELO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores reclamaron liquidación suplementaria de intereses por retroactivos de suplementos decretales. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación, revocó la resolución impugnada y ordenó que las partes practiquen una nueva liquidación de intereses conforme a las pautas fijadas por la Sala.

Liquidacion de intereses Retroactivos Decretos 1305/12 y 245/13 Pago efectivo Capital puro Computo desde deuda hasta pago Revocatoria parcial Costas por su orden Contencioso administrativo federal Liquidacion complementaria


¿Quién es el actor?

BORGUI, JORGE MARCELO y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército (EN
- M DEFENSA
- EJERCITO).
- Objeto de la demanda: cobro de retroactivos y sus intereses derivados del reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por Decretos Nros. 1305/12 y 245/13; en particular, liquidaciones complementarias de intereses y las fechas aplicables para su cálculo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, se revocó la resolución apelada y se ordenó que las partes practiquen una nueva liquidación de intereses ajustada a las pautas fijadas por la Sala; costas por su orden.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "Los intereses adeudados deben calcularse sobre el capital puro según la liquidación ya aprobada en autos y de manera continua, desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago, y del total así obtenido, se deben detraer los montos percibidos." "En consecuencia, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso de apelación de la parte actora y, en consecuencia, revocar la resolución apelada, debiendo las partes realizar una nueva liquidación ajustada a las referidas pautas. Con costas por su orden, atento a la forma en la que se decide (artículo 68, segundo párrafo del CPCCN)." Además, la Sala tomó en consideración el historial de liquidaciones y depósitos (aprobación de liquidación el 04/05/2021 por $20.046.102,64; depósito el 05/02/2023 por $21.864.261,57; liquidación aprobada el 06/05/2024 por $6.961.941; depósitos de julio/2024) para determinar que corresponde ajustar las fechas y el modo de cálculo de los intereses. (No consta voto en disidencia relevante; la decisión consignada es la del acuerdo.)

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