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RODRIGUEZ, JOSE LUIS c/ EN - M SEGURIDAD - PNA - DTO 1307/12 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el reconocimiento remunerativo y bonificable de suplementos decretados (1307/12 y otros) cobrados por personal de Prefectura. La Cámara rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó incluir ciertos suplementos como remunerativos y bonificables y abonar las diferencias retroactivas, distribuyendo las costas en el orden causado.

Apelacion Suplementos remunerativos Decreto 1307/12 Prefectura naval argentina Costas Retroactividad Remunerativo y bonificable Accion de personal Acordada 2/26 Jurisprudencia previa


¿Quién es el actor?

José Luis Rodríguez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Seguridad) – Prefectura Naval Argentina.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por diversos decretos (entre ellos Decreto 1307/12 y sus ampliatorios) y pago de diferencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la sentencia de primera instancia. Las costas de alzada se distribuyen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "I. Mediante pronunciamiento del 25/03/2025, el señor Juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda interpuesta por el señor José Luis Rodríguez, contra el Estado Nacional (Ministerio de Seguridad) –Prefectura Naval Argentina– y, en consecuencia: i) rechazó la demanda en relación al reconocimiento del carácter remunerativo de los adicionales creados por el decreto 2769/93; ii) ordenó incluir con carácter remunerativo y bonificable en el haber mensual de la parte actora los suplementos que pudieran corresponderle en virtud de lo previsto en los decretos 1104/05, 1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09 y por el decreto 1307/12 y sus ampliatorios, así como a abonar las diferencias retroactivas, devengadas e impagas en tal concepto, liquidadas con la retroactividad correspondiente hasta la fecha en que fueron derogados los suplementos creados por los mencionados decretos con los alcances y pautas dispuestas precedentemente y en los términos de la prescripción dispuesta en el art. 2562 inc. c) del Código Civil y Comercial de la Nación; iii) impuso las costas del pleito en el orden causado (artículo 68, segundo párrafo del CPCCN)." "II. Disconforme con lo resuelto, la parte demandada interpuso recurso de apelación ... En síntesis, la accionada se agravia del carácter general reconocido a las compensaciones reclamadas. Cuestiona que el Juez a quo consideró que los suplementos creados por el decreto 1307/2012 y sus modificatorios tienen carácter general y, por tanto, resultan remunerativos y bonificables. En este sentido, reafirma el carácter particular de los suplementos examinados, por cuanto sostiene que no son percibidos por la totalidad del personal en actividad, sino únicamente por aquellos agentes cuya situación se adecua a las condiciones específicas previstas en la norma." "III. Así reseñada y delimitada la cuestión recursiva, los agravios esgrimidos por la parte demandada, son sustancialmente análogas a lo resuelto por esta Sala -en su actual integración
- en los autos 'Villanueva, Nelson Antonio y otro c/ EN -Mº de Seguridad PNA -Dto 1307/12 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg', causa 5005/23 del 12/05/2026 ... En mérito a lo expuesto, SE RESUELVE: rechazar el recurso interpuesto por la demandada y confirmar la sentencia apelada. Las costas de alzada se distribuyen en el orden causado (art. 68, segundo párrafo del CPCCN)."
- Disidencias: no consta voto en disidencia en el dispositivo final.

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