MARTINEZ D'ORAZIO, BRIAN GONZALO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamó la incorporación remunerativa y bonificable del suplemento por “Zona” creado por el Decreto 380/2017. La Cámara Federal de Córdoba revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la pretensión, por entender que el suplemento tiene carácter particular y no fue creado con generalidad, conforme la doctrina de la CSJN en “Vettorello”.
¿Quién es el actor?
MARTÍNEZ D'ORAZIO, Brian Gonzalo.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se reclamó que el suplemento por “Zona” creado por el Decreto Nº 380/2017 sea incorporado al haber mensual del actor con carácter remunerativo y bonificable y pago retroactivo.
¿Qué se resolvió?
Se revocó la sentencia de fecha 6/2/2026 y, en consecuencia, se rechazó la demanda en cuanto pretende la incorporación del suplemento por “Zona” como remunerativo y bonificable; se impusieron las costas de la Alzada a la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) “Que los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad. Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada.” (cita a fallo de la CSJN “Vettorello”, 18/11/2025).
2) Del dictamen de la Procuradora Fiscal: “…La cuestión que se plantea en el sub examine es si la suma otorgada por el decreto 380/17 bajo la denominación de suplemento por ‘zona’ … reviste la naturaleza de suplemento particular o si constituye una asignación que debió ser conferidas con el carácter de remunerativo y bonificable e integrar el haber mensual… Pues bien, por un lado, de los términos del decreto 380/17 no surge que el suplemento por ‘zona’ haya sido otorgado a todo el personal policial en actividad de un mismo grado o de todos los grados, sino que fue previsto para que lo perciba el personal policial que sea destinado o que se encuentre destinado en las regiones a las que se hizo alusión más arriba; es decir, como un suplemento particular…”
3) “Así, habiéndose expedido la Corte Suprema de Justicia de la Nación; ha quedado establecido que, el suplemento por ‘Zona’ creado por Decreto Nº 380/17 no ha sido creado ni otorgado con carácter generalizado, por lo que corresponde rechazar el reclamo efectuado por el actor en cuanto pretende que el suplemento por ‘Zona’ creado por el Decreto Nº 380/17 sea reconocido como remunerativo y bonificable.”
- No se registran votos en disidencia; ambos jueces votaron en igual sentido.
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