OCCELLI, MARIO FELIPE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor demandó a ANSeS para obtener el retiro transitorio por invalidez. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de grado que otorgó el beneficio, concluyendo que el actor reúne la condición de aportante irregular con derecho y declarando de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e imponiendo las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Mario Felipe Occelli.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Solicitud de otorgamiento del beneficio de retiro transitorio por invalidez.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSeS otorgar el beneficio de retiro transitorio por invalidez; además, la Cámara declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme el artículo 36 de la ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes del fallo):
“De la documental glosada surge que el actor nació el 25/11/1960, contando, a la fecha del hecho invalidante (17/01/2018 fecha del dictamen de la Comisión Médica Central), con 61 años y 03 meses de edad y con 12 años y 07 meses de aportes reconocidos por la ANSeS, conforme cómputo ilustrativo obrante en el expte. adm. nro. 024-23-13951946-9-978-000001, de lo cual puede concluirse que ello supera el 50% de los aportes exigibles según sus años de vida laboral, alcanzando así la condición de aportante irregular con derecho, por lo que resulta correcta la sentencia del juez a quo que otorgó el beneficio al actor, ponderando la singular entidad de los derechos que informan la materia previsional que nos ocupa, por sobre un excesivo rigorismo formal, que hubiera frustrado el acceso al beneficio solicitado.”
“Por todo lo expuesto y conforme la interpretación amplia de la CSJN en los fallos precedentemente citados, corresponde rechazar los agravios de la demandada y confirmar la sentencia apelada.”
“Respecto de las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSES s/ Impugnación acto administrativo’... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423...”
- Disidencias: No consta disidencia en el bloque resolutivo; el acuerdo final fue unánime en cuanto consta en la parte resolutiva (se aclara que un magistrado no participó por cese en funciones).
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